Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la Estructura de Cargos y Contratos de Función Pública del Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", que figura en Anexo adjunto, que consta de dos fojas, y forma parte integrante de este Decreto. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la Estructura de Cargos y Contratos de Función Pública del Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", que figura en Anexo adjunto, que consta de dos fojas, y forma parte integrante de este Decreto. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
La estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el artículo precedente y la correspondiente regularización tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2007, en tanto los funcionarios hayan desempeñado realmente las tareas inherentes al cargo proyectado.
Artículo 3 — Artículo 3
La planilla de cargos y contratos de función pública que forma parte de este Decreto será ajustada de acuerdo con las modificaciones con respaldo normativo efectuadas con posterioridad al 1º de enero de 2006.
Artículo 4 — Artículo 4
La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios necesarios para la aplicación del presente Decreto.
Artículo 5 — Artículo 5
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 6 — Artículo 6
Comuníquese, etc.