Artículo 1 — Artículo 1
Dispóngase el siguiente régimen para abonar obligaciones retributivas y la corrección de las inequidades existentes, en el ejercicio de la función de Controlador de Tránsito Aéreo: A) Asígnase a los Controladores de Tránsito Aéreo que desempeñan efectivamente funciones de Supervisor, una compensación especial adicional equivalente a la diferencia correspondiente al grado 13. B) Asígnase a los Controladores de Tránsito Aéreo que desempeñan efectivamente funciones como Jefes de las Torres de Control de los Aeropuertos Internacionales de Carrasco "General Cesáreo L. Berisso"; de Laguna del Sauce "C/C Carlos Curbelo" y de Melilla "Ángel S. Adami", una compensación especial adicional equivalente a la diferencia correspondiente al grado 10.