Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Pórtland correspondiente al Ejercicio 2006, de acuerdo con el siguiente
detalle:
PROGRAMA 1.10 ENERGIA. COMBUSTIBLES.
I - RECURSOS. 41.628.357.397
1 - INGRESOS. 37.430.361.147
1. Ingresos Propios. 29.418.462.306
Ventas Netas. 28.445.512.306
Otros Ingresos
ajenos al Giro. 972.950.000
2. Impuestos Retenidos
en Venta. 8.011.898.841
IVA. 5.242.179.384
IMESI. 2.758.172.147
COFIS. 11.547.310
2 - FINANCIAMIENTO. 4.197.996.250
II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 34.474.065.771
Prog. Grupo Denominación. $ $
1.10 0 RETRIBUCION
SERV.PERSONALES. 490.682.373
01 Retribuc. Básicas Cargos
Permanentes. 136.630.735
011 Sueldos Básicos de
Cargos Ptados. 134.604.865
012 Adelanto a Cuenta. 433
013 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 2.025.437
02 Retribuc. Básicas Personal
Contratado. 12.301.361
021 Changas. 4.551.059
022 Destajistas. 0
023 Adelanto a Cuenta. 12
024 Otros Contratados. 7.511.737
025 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 238.553
04 Retribuciones
Complementarias. 83.940.804
042 Compensaciones. 0
043 Productividad. 74.769.580
044 Antiguedad. 8.762.376
045 Complementos. 408.848
045005 Quebranto de Caja. 408.848
05 Retribuciones Diversas
Especiales. 97.912.357
057 Becas y Pasantías. 3.876.481
058 Varias. 94.035.876
059 Sueldo Anual
Complementario. 0
06 Beneficios al Personal. 76.708.411
063 Incentivos al Retiro. 23.503.680
064 Contribución por Asistencia
Médica. 15.157.406
067 Compensación por
Alimentación. 31.956.836
069 Otros Beneficios al
Personal. 6.090.489
069004 Prestación Producto. 6.090.489
069005 Contribución Guardería. 0
07 Beneficios Familiares. 7.295.970
071 Prima por Matrimonio. 0
072 Hogar Constituído. 5.186.156
Prog. Grupo Denominación. $ $
073 Prima por Nacimiento. 138.606
074 Prestación por Hijo. 1.971.208
075 Prestación por
Fallecimiento. 0
079 Otros con Retardo Mental. 0
09 Otras Retribuciones. 11.444.952
091 Subsidios por
Fallecimiento. 629.202
095 Contratos a Término. 10.815.750
08 Cargas Legales s/Servicios
Personales. 64.447.783
081 Aportes Patronales al
Stma Seg. Social. 61.027.302
082 Aporte Patronal al FNV. 0
083 IRP. 0
084 Aporte Patronal Contratos a
Término. 3.420.481
1.10 1 Materiales y
Suministros. 20.481.699.359
- Compra de Crudo. 18.531.405.913
- Compra de Derivados.
- Varios. 1.950.293.446
1.10 2 Servicios no Personales. 11.681.685.855
2.6. Tributos Nacionales y
Municipales. 6.963.230.664
- Resto. 4.718.455.191
1.10 3 Bienes de Uso. 109.922.500
1.10 5 Transferencias. 0
- Versión de Resultados. 0
- Varios. 0
1.10 7 Gastos no Clasificados. 0
1.10 4 Activos Financieros. 9.500.000
1.10 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 275.460.025
1.10 7 Asignaciones globales 759.302.311
1.10 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 665.813.348
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 745.254.000
Prog. Grupo Denominación. $ $
1.10 0 Retribución de Servicios Personales. 7.796.000
1 Materiales y Suministros. 33.750.000
2 Servicios no Personales. 703.708.000
3 Bienes de Uso. 0
PROGRAMA 1.11 ENERGIA. GAS NATURAL.
I - RECURSOS. 634.158.153
1 - INGRESOS. 634.158.153
1. Ingresos Propios. 545.809.187
Ventas Netas. 545.809.187
Otros Ingresos ajenos
al Giro. 0
2. Impuestos Retenidos
en Venta. 88.348.966
IVA. 88.348.966
IMESI. 0
COFIS. 0
2 - FINANCIAMIENTO. 0
II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 664.200.440
Prog. Grupo Denominación. $ $
1.11 0 RETRIBUCION
SERV.PERSONALES. 8.140.480
01 Retribuc. Básicas Cargos
Permanentes. 3.561.738
011 Sueldos Básicos de Cargos
Ptados. 3.533.303
012 Adelanto a Cuenta. 0
013 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 28.435
02 Retribuc. Básicas Personal
Contratado. 0
021 Changas. 0
022 Destajistas. 0
Prog. Grupo Denominación. $ $
023 Adelanto a Cuenta. 0
024 Otros Contratados. 0
025 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 0
04 Retribuciones
Complementarias. 1.595.874
042 Compensaciones. 0
043 Productividad. 1.472.590
044 Antiguedad. 123.284
045 Complementos. 0
045005 Quebranto de Caja. 0
05 Retribuciones Diversas
Especiales. 0
057 Becas y Pasantías. 0
058 Varias. 674.791
059 Sueldo Anual
Complementario. 0
06 Beneficios al Personal. 846.490
063 Incentivos al Retiro. 151.560
064 Contribución por Asistencia
Médica. 224.426
067 Compensación por
Alimentación. 427.313
069 Otros Beneficios al Personal. 43.191
069004 Prestación Producto. 43.191
069005 Contribución Guardería. 0
07 Beneficios Familiares. 59.833
071 Prima por Matrimonio. 0
072 Hogar Constituído. 47.183
073 Prima por Nacimiento. 0
074 Prestación por Hijo. 12.650
075 Prestación por Fallecimiento. 0
079 Otros con Retardo Mental. 0
09 Otras Retribuciones. 0
091 Subsidios por Fallecimiento. 0
095 Contratos a Término. 0
08 Cargas Legales s/Servicios
Personales. 1.401.754
081 Aportes Patronales al Stma
Seg. Social. 1.401.754
Prog. Grupo Denominación. $ $
082 Aporte Patronal al FNV. 0
083 IRP. 0
084 Aporte Patronal Contratos
a Término. 0
1.11 1 Materiales y Suministros. 278.100.500
1.11 2 Servicios no Personales. 362.121.309
2.6. Tributos Nacionales y
Municipales. 123.537.900
- Resto. 238.583.409
1.11 3 Bienes de Uso. 327.800
1.11 5 Transferencias. 0
1.11 7 Gastos no Clasificados. 0
1.11 4 Activos Financieros. 0
1.11 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 0
1.11 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 15.510.351
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 475.000.000
Prog. Grupo Denominación. $
1.11 0 Retribución de Servicios Personales. 0
1 Materiales y Suministros. 0
2 Servicios no Personales. 0
3 Bienes de Uso. 0
4 Actvios no Financieros. 475.000.000
PROGRAMA 1.12 ENERGIA. SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA.
I - RECURSOS. 184.303.451
1 - INGRESOS. 184.303.451
1. Ingresos Propios. 184.303.451
Ventas Netas. 184.303.451
Otros Ingresos ajenos
al Giro. 0
2. Impuestos Retenidos
en Venta. 0
IVA. 0
IMESI. 0
COFIS. 0
2 - FINANCIAMIENTO. 0
II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 4.040.243.089
Prog. Grupo Denominación. $ $
1.12 0 RETRIBUCION
SERV.PERSONALES. 536.841.419
01 Retribuc. Básicas Cargos
Permanentes. 144.903.587
011 Sueldos Básicos de
Cargos Ptados. 142.556.133
012 Adelanto a Cuenta. 1.563
013 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 2.345.891
02 Retribuc. Básicas Personal
Contratado. 7.213.782
021 Changas. 295.532
022 Destajistas. 0
023 Adelanto a Cuenta. 80
024 Otros Contratados. 6.788.878
025 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 129.292
04 Retribuciones
Complementarias. 97.682.680
042 Compensaciones. 0
043 Productividad. 84.908.910
044 Antiguedad. 10.763.528
045 Complementos. 1.005.121
045005 Quebranto de Caja. 1.005.121
05 Retribuciones Diversas
Especiales. 48.453.440
057 Becas y Pasantías. 3.484.330
058 Varias. 44.969.110
059 Sueldo Anual
Complementario. 0
06 Beneficios al Personal. 164.637.319
063 Incentivos al Retiro. 33.551.640
064 Contribución por
Asistencia Médica. 76.034.437
Prog. Grupo Denominación. $ $
067 Compensación por
Alimentación. 37.902.529
069 Otros Beneficios al
Personal. 17.148.713
069004 Prestación Producto. 6.148.713
069005 Contribución Guardería 11.000.000
07 Beneficios Familiares. 13.968.507
071 Prima por Matrimonio. 0
072 Hogar Constituído. 4.385.538
073 Prima por Nacimiento. 133.667
074 Prestación por Hijo. 2.049.302
075 Prestación por Fallecimiento. 0
079 Otros con Retardo Mental. 7.400.000
09 Otras Retribuciones. 5.880.075
091 Subsidios por
Fallecimiento. 472.200
095 Contratos a Término. 5.407.875
08 Cargas Legales s/Servicios
Personales. 55.107.150
081 Aportes Patronales al Stma
Seg. Social. 53.396.910
082 Aporte Patronal al FNV. 0
083 IRP. 0
084 Aporte Patronal Contratos
a Término. 1.710.240
1.12 1 Materiales y Suministros. 55.138.872
1.12 2 Servicios no Personales. 2.775.474.659
2.6. Tributos Nacionales y
Municipales. 2.503.144.842
- Resto. 272.329.817
1.12 3 Bienes de Uso. 3.042.220
1.12 5 Transferencias. 14.322.892
1.12 7 Gastos no Clasificados. 0
1.12 4 Activos Financieros. 42.031.875
1.12 6 Intereses y otros Gastos
de Deuda. 77.975.825
1.12 7 Asignaciones globales 9.915.327
1.12 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 525.500.000
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 422.013.000
1.12 0 Retribución de Servicios
Personales. 7.162.000
1 Materiales y Suministros. 0
2 Servicios no Personales. 213.602.000
3 Bienes de Uso. 193.749.000
4 Activos no Financieros. 7.500.000
PROGRAMA 1.13 ENERGIA. FACTOR HUMANO A REAPLICAR.
Prog. Grupo Denominación. $ $
1.13 0 RETRIBUCION
SERV.PERSONALES. 66.780.663
01 Retribuc. Básicas Cargos
Permanentes. 20.578.925
011 Sueldos Básicos de
Cargos Ptados. 19.908.263
012 Adelanto a Cuenta. 191
013 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 670.471
02 Retribuc. Básicas
Personal Contratado. 110.289
021 Changas. 20.136
022 Destajistas. 0
023 Adelanto a Cuenta. 1
024 Otros Contratados. 88.222
025 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 1.930
04 Retribuciones
Complementarias. 8.826.162
042 Compensaciones. 0
043 Productividad. 5.886.000
044 Antiguedad. 2.790.360
045 Complementos. 74.901
045005 Quebranto de Caja. 74.901
05 Retribuciones Diversas
Especiales. 10.635.099
057 Becas y Pasantías. 0
058 Varias. 10.635.099
059 Sueldo Anual Complementario. 0
06 Beneficios al Personal. 12.419.048
063 Incentivos al Retiro. 175.080
Prog. Grupo Denominación. $ $
064 Contribución por Asistencia
Médica. 638.752
067 Compensación por
Alimentación. 10.300.549
069 Otros Beneficios al
Personal. 1.304.667
069004 Prestación Producto. 1.304.667
069005 Contribución Guardería. 0
07 Beneficios Familiares. 2.252.813
071 Prima por Matrimonio. 0
072 Hogar Constituído. 1.346.602
073 Prima por Nacimiento. 64.861
074 Prestación por Hijo. 841.350
075 Prestación por Fallecimiento. 0
079 Otros con Retardo Mental. 0
09 Otras Retribuciones. 60.662
091 Subsidios por Fallecimiento. 60.662
095 Contratos a Término. 0
08 Cargas Legales s/Servicios
Personales. 11.972.566
081 Aportes Patronales al Stma
Seg. Social. 11.972.566
082 Aporte Patronal al FNV. 0
083 IRP. 0
084 Aporte Patronal Contratos a
Término. 0
PROGRAMA 1.13 PORTLAND.
I - RECURSOS. 811.168.183
1 - INGRESOS. 811.168.183
1. Ingresos Propios. 640.974.926
Ventas Netas. 640.974.926
Otros Ingresos
ajenos al Giro. 0
2. Impuestos Retenidos
en Venta. 170.193.257
IVA. 151.063.254
IMESI. 0
COFIS. 19.130.003
2 - FINANCIAMIENTO. 0
II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 846.165.276
Prog. Grupo Denominación. $ $
1.13 0 RETRIBUCION
SERV.PERSONALES. 132.614.986
01 Retribuc. Básicas Cargos
Permanentes. 44.218.242
011 Sueldos Básicos de
Cargos Ptados. 43.330.362
012 Adelanto a Cuenta. 255
013 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 887.625
02 Retribuc. Básicas Personal
Contratado. 819.706
021 Changas. 38.959
022 Destajistas. 0
023 Adelanto a Cuenta. 0
024 Otros Contratados. 775.665
025 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 5.082
04 Retribuciones
Complementarias. 16.378.413
042 Compensaciones. 0
043 Productividad. 12.819.020
044 Antiguedad. 3.081.511
045 Complementos. 238.941
045005 Quebranto de Caja. 238.941
05 Retribuciones Diversas
Especiales. 24.928.670
057 Becas y Pasantías. 4.949.241
058 Varias. 19.979.429
059 Sueldo Anual
Complementario. 0
06 Beneficios al Personal. 26.826.336
063 Incentivos al Retiro. 6.944.040
064 Contribución por Asistencia
Médica. 7.060.796
067 Compensación por
Alimentación. 11.151.883
069 Otros Beneficios al
Personal. 1.669.617
Prog. Grupo Denominación. $ $
069004 Prestación Producto. 1.669.617
069005 Contribución Guardería. 0
07 Beneficios Familiares. 3.081.875
071 Prima por Matrimonio. 0
072 Hogar Constituído. 2.222.482
073 Prima por Nacimiento. 50.075
074 Prestación por Hijo. 809.318
075 Prestación por Fallecimiento. 0
079 Otros con Retardo Mental. 0
09 Otras Retribuciones. 304.954
091 Subsidios por Fallecimiento. 304.954
095 Contratos a Término. 0
08 Cargas Legales s/Servicios
Personales. 16.295.731
081 Aportes Patronales al
Stma Seg. Social. 16.295.731
082 Aporte Patronal al FNV. 0
083 IRP. 0
084 Aporte Patronal Contratos a
Término. 0
1.13 1 Materiales y Suministros. 277.803.412
1.13 2 Servicios no Personales. 400.595.495
2.6. Tributos Nacionales y
Municipales. 166.547.240
- Resto. 234.048.255
1.13 3 Bienes de Uso. 19.219.256
1.13 5 Transferencias. 0
1.13 7 Gastos no Clasificados. 0
1.13 4 Activos Financieros. 0
1.13 6 Intereses y otros
Gastos de Deuda. 0
1.13 7 Asignaciones globales 15.932.127
1.13 8 Servicio de Deuda y
Anticipos. 0
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 332.645.000
Prog. Grupo Denominación. $
1.13 0 Retribución de Servicios Personales. 0
1 Materiales y Suministros. 0
2 Servicios no Personales. 0
3 Bienes de Uso. 332.645.000
4 Activos no Financieros. 0
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período abril -
junio de 2005. -
Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto Nº
84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa,
entre Grupos de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el
componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10
días siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal
de Cuentas.
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los Anexos I, II y III adjuntos que forman parte integrante
de este Decreto.
Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
de Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de inversiones de la
Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Pórtland
correspondiente al ejercicio 2006, de acuerdo con el siguiente
detalle:
I - PRESUPUESTO DE COMPRAS - ENERGIA
(Operativo e Inversiones). 40.942.556.893
Grupo Denominación. $ $
0 RETRIBUCION
SERV.PERSONALES. 1.117.403.276
01 Retribuc. Básicas Cargos
Permanentes. 312.497.087
Grupo Denominación. $ $
011 Sueldos Básicos de Cargos
Ptados. 307.367.195
012 Adelanto a Cuenta. 2.203
013 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 5.127.689
02 Retribuc. Básicas Personal
Contratado. 19.641.247
021 Changas. 4.866.727
022 Destajistas. 0
023 Adelanto a Cuenta. 93
024 Otros Contratados. 14.400.517
025 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 373.910
04 Retribuciones
Complementarias. 194.893.681
042 Compensaciones. 0
043 Productividad. 170.796.010
044 Antiguedad. 22.608.801
045 Complementos. 1.488.870
045005 Quebranto de Caja. 1.488.870
05 Retribuciones Diversas
Especiales. 158.126.017
057 Becas y Pasantías. 7.360.811
058 Varias. 150.765.206
059 Sueldo Anual
Complementario. 0
06 Beneficios al Personal. 256.079.922
063 Incentivos al Retiro. 57.381.960
064 Contribución por
Asistencia Médica. 92.411.838
067 Compensación por
Alimentación. 81.524.342
069 Otros Beneficios al
Personal. 24.761.782
069004 Prestación Producto. 13.723.767
069005 Contribución Guardería. 11.038.015
07 Beneficios Familiares. 23.700.684
071 Prima por Matrimonio. 0
072 Hogar Constituído. 11.089.040
073 Prima por Nacimiento. 337.134
074 Prestación por Hijo. 4.874.510
075 Prestación por
Fallecimiento. 0
079 Otros con Retardo Mental. 7.400.000
09 Otras Retribuciones. 17.385.689
Grupo Denominación. $ $
091 Subsidios por
Fallecimiento. 1.162.064
095 Contratos a Término. 16.223.625
08 Cargas Legales s/Servicios
Personales. 135.078.949
081 Aportes Patronales al
Stma Seg. Social. 129.948.228
082 Aporte Patronal al FNV. 0
083 IRP. 0
084 Aporte Patronal Contratos a
Término. 5.130.721
1 Materiales y Suministros. 20.814.938.731
1.1. Alimentos y Ptos.
Agropecuarios. 12.387.765
1.2. Ptos.Textiles,Prendas
de vestir,etc. 3.409.500
1.3. Ptos papel,libros e
impresos. 9.194.200
1.4. Ptos Energéticos. 1.575.454.596
1.5. Ptos químicos y
conexos. 301.792.509
1.6. Ptos minerales. 18.811.769.563
1.7. Ptos metálicos. 79.399.074
1.9. Otros bienes de consumo. 21.531.524
2 Servicios no Personales. 15.066.634.211
2.1. Servicios Básicos. 150.221.372
2.2. Publicac.,Imp, y
Encuadernaciones. 39.722.500
2.3. Pasajes,viáticos y
otros gtos de traslado. 32.269.401
2.4. Transp. de Carga,Serv.
Comp. y Almacenaje. 1.457.024.800
2.5. Arrendamientos. 18.020.190
2.6. Tributos, seguros y
comisiones. 3.003.118.432
2.6. Tributos 9.589.913.406
2.7. Ss.para Manten. Rep.
Menores y Limpieza. 282.692.597
2.8. Ss. Técnicos Profesionales
y Artísticos. 341.960.101
2.9. Otros servicios no
Personales. 151.691.412
3 Bienes de Uso. 1.065.748.720
3.1. Maquinarias y equipos de
producción. 570.115.000
3.2. Máquinas, Mobiliario y
Equipos de Oficina. 71.176.200
3.3. Equipamiento Sanitario y
científico. 21.432.500
Grupo Denominación. $ $
3.4. Equipamiento Educaional,
cultural, etc. 32.500
3.5. Equipos de Transporte,
tracción,etc. 22.250.000
3.6. Motores y Repuestos
Mayores. 115.292.520
3.7. Tierras,Edif. y otros
bienes Preexist. 20.000.000
3.8. Construcc.,mejoras y
reparac.mayores. 240.950.000
3.9. Otros Bienes de uso. 4.500.000
4 Activos Financieros. 534.031.875
4.1. Compra de acciones y
Part.de Capital. 482.500.000
4.3. Préstamos a Largo Plazo. 51.531.875
5 Transferencias. 14.322.892
5.1. Versión de Resultados. 0
5.3. Subsidios a
Organismos Pcos. 2.933.144
5.4. Subsidios a
Organismos Pdos. 11.389.748
6 Intereses y otros
Gastos de Deuda. 353.435.850
6.2 Intereses Deuda Interna. 38.827.300
6.4 Intereses Deuda Externa. 314.608.550
7 Gastos no Clasificados. 784.727.990
7.4. Partidas a Reaplicar. 784.727.990
8 Servicio de Deuda y
Anticipos. 1.191.313.348
8.2 Amortización Deuda
Interna. 60.426.348
8.4 Amortización
Deuda Externa. 1.130.887.000
I - PRESUPUESTO DE COMPRAS - PORTLAND
(Operativo e Inversiones). 1.178.810.276
Grupo Denominación. $
0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 132.614.986
01 Retribuc. Básicas Cargos
Permanentes. 44.218.242
011 Sueldos Básicos de
Cargos Ptados. 43.330.362
012 Adelanto a Cuenta. 255
013 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 887.625
02 Retribuc. Básicas Personal
Contratado. 819.706
021 Changas. 38.959
022 Destajistas. 0
023 Adelanto a Cuenta. 0
Grupo Denominación. $ $
024 Otros Contratados. 775.665
025 Aumento Res.D. 470/92.
Mayo/92 5.082
04 Retribuciones
Complementarias. 16.139.472
042 Compensaciones. 0
043 Productividad. 12.819.020
044 Antiguedad. 3.081.511
045 Complementos. 238.941
045005 Quebranto de Caja. 238.941
05 Retribuciones Diversas
Especiales. 24.928.670
057 Becas y Pasantías. 4.949.241
058 Varias. 19.979.429
059 Sueldo Anual
Complementario. 0
06 Beneficios al Personal. 26.826.336
063 Incentivos al Retiro. 6.944.040
064 Contribución por Asistencia
Médica. 7.060.796
067 Compensación por
Alimentación. 11.151.883
069 Otros Beneficios al
Personal. 1.669.617
069004 Prestación Producto. 1.669.617
069005 Contribución Guardería. 0
07 Beneficios Familiares. 3.081.875
071 Prima por Matrimonio. 0
072 Hogar Constituído. 2.222.482
073 Prima por Nacimiento. 50.075
074 Prestación por Hijo. 809.318
075 Prestación por Fallecimiento. 0
079 Otros con Retardo Mental. 0
09 Otras Retribuciones. 304.954
091 Subsidios por Fallecimiento. 304.954
095 Contratos a Término. 0
08 Cargas Legales s/Servicios
Personales. 16.295.731
081 Aportes Patronales al Stma
Seg. Social. 16.295.731
082 Aporte Patronal al FNV. 0
083 IRP. 0
084 Aporte Patronal Contratos a
Término. 0
Grupo Denominación. $ $
1 Materiales y Suministros. 277.803.412
1.1. Alimentos y Ptos.
Agropecuarios. 901.457
1.2. Ptos.Textiles,Prendas de
vestir,etc. 657.540
1.3. Ptos papel,libros e
impresos. 14.964.576
1.4. Ptos Energéticos. 101.536.798
1.5. Ptos químicos y conexos. 8.503.372
1.6. Ptos minerales. 135.733.352
1.7. Ptos metálicos. 10.844.160
1.9. Otros bienes de
consumo. 4.662.157
2 Servicios no Personales. 400.595.495
2.1. Servicios Básicos. 44.913.519
2.2. Publicac.,Imp, y
Encuadernaciones. 436.000
2.3. Pasajes,viáticos y otros
gtos de traslado. 1.412.701
2.4. Transp. de Carga,Serv.
Comp. y Almacenaje. 65.139.592
2.5. Arrendamientos. 779.066
2.6. Tributos, seguros y
comisiones. 66.378.340
2.6. Tributos 166.547.240
2.7. Ss.para Manten. Rep.
Menores y Limpieza. 7.262.409
2.8. Ss. Técnicos Profesionales y
Artísticos. 3.170.520
2.9. Otros servicios no
Personales. 44.556.108
3 Bienes de Uso. 351.864.256
3.1. Maquinarias y
equipos de producción. 202.200.000
3.2. Máquinas, Mobiliario y
Equipos de Oficina. 645.000
3.3. Equipamiento Sanitario y
científico. 0
3.4. Equipamiento Educaional,
cultural,etc. 0
3.5. Equipos de Transporte,
tracción,etc. 26.875.000
3.6. Motores y Repuestos
Mayores. 19.219.256
3.7. Tierras,Edif. y otros
bienes Preexist. 0
3.8. Construcc.,mejoras y
reparac.mayores. 99.175.000
3.9. Otros Bienes de uso. 3.750.000
4 Activos Financieros. 0
4.1. Compra de acciones y Part.
de Capital. 0
4.3. Préstamos a Largo Plazo. 0
5 Transferencias. 0
Grupo Denominación. $ $
5.1. Versión de Resultados. 0
5.3. Subsidios a Organismos Pcos. 0
5.4. Subsidios a Organismos Pdos. 0
6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 0
6.2 Intereses Deuda Interna. 0
6.4 Intereses Deuda Externa. 0
7 Gastos no Clasificados. 15.932.127
7.4. Partidas a Reaplicar. 15.932.127
8 Servicio de Deuda y
Anticipos. 0
8.2 Amortización Deuda Interna. 0
8.4 Amortización Deuda Externa. 0
El Presupuesto de Compras comprende las partidas aprobadas contra las
cuales se efectuará el control de disponibilidad y la intervención
preventiva de legalidad del gasto a nivel total de Energía y total de
Pórtland. Se presentará en forma global a nivel de toda la Empresa con
una apertura a nivel de renglón para los Grupos 0 "Retribución de
Servicios Personales" y a nivel de Grupo para los Grupos 1 "Bienes de
Consumo", 2 "Servicios no Personales", 3 "Bienes de Uso", 4 "Activos
Financieros", 5 "Transferencias", 6 "Intereses y otros Gastos de Deuda" y
8 "Servicio de Deuda y Anticipos".-
Será aprobado en moneda nacional, presentando un detalle de aquellos
montos que se estima se ejecutarán en moneda extranjera.-
La Administración elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
al 31 de enero de 2006, la eliminación del 100% de las vacantes generadas
entre el 1º de junio de 2005 y el 31 de diciembre de 2005 a efectos de
reducir los Grupos de mano de obra correspondientes.
En caso de resultar necesario el mantenimiento de determinadas
vacantes por tratarse de cargos absolutamente imprescindibles, la Administración deberá suprimir las partidas equivalentes. A todos los efectos, la eliminación de las vacantes comprenderá la retribución total del cargo incluyendo las compensaciones y beneficios sociales (Grupo 0). Asimismo se deberá eliminar en forma definitiva o disminuir en los montos
equivalentes en otros renglones del Grupo 0 y/u otros cargos, las
vacantes generadas como consecuencia de la aplicación de incentivos al
retiro en el ejercicio 2005.
El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones del Grupo 0 "Retribuciones de Servicios Personales" con el
fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos acordes con
las disposiciones legales vigentes.
No constituyen partidas limitativas, la Versión de Resultados
(artículo 643 de la Ley Nº 16.170), el ICOME (Ley Nº16.462 Título 12 artículos 1º,2º y 3º del Texto Ordenado), el IMABA (Ley Nº15.809
artículos 646 y 647), el Impuesto al Patrimonio y a la Renta de Industria y Comercio (artículos 638 y 639 de la Ley Nº16.170), el COFIS (Ley Nº17.502 artículo 9), la amortización de préstamos, ni los intereses a devengar por los mismos ni las partidas para incentivo al retiro o la compra de crudo y derivados. Las modificaciones efectuadas de acuerdo a las necesidades se comunicarán al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. -
El Grupo 0 "Retribuciones de Servicios Personales" incluye una partida
por Productividad de acuerdo a lo dispuesto en el Acta de Preacuerdo de
fecha 15 de diciembre de 2005.- El período de transición se extenderá a
todo el año 2006, por lo que el tope anual a abonar será equivalente a lo
pagado por productividad en el año 2005 o al promedio de los últimos 5
años, según el menor, ajustado por los aumentos salariales.- El número de
cuotas a pagar no sobrepasará de cuatro al año.
El Directorio otorgará las prestaciones del viático de Comida y la
Compensación Producto a los funcionarios públicos que prestan servicios
en ANCAP, sin excepciones, así como a todo el personal del Organismo. El
viático de comida se regirá en cuanto a su monto y reajuste a lo
dispuesto por el Poder Ejecutivo. El monto individual equivale a $ 2.594
(pesos dos mil quinientos noventa y cuatro) por mes a nivel de precios de
abril-junio 2005.La compensación producto corresponde al equivalente del
importe de una garrafa de supergás de 13 kilos. El monto individual
equivale a $ 406,25 (pesos cuatrocientos seis con 25/100) por mes a nivel
de precios abril-junio 2005, y se regirá en cuanto a su reajuste a la
evolución del precio de venta del supergas.
El Viático Comida y la Compensación Producto se abonarán en forma
proporcional a la extensión horaria de la jornada que habitualmente
cumple el beneficiario y se liquidarán en forma proporcional al tiempo
trabajado, a cuyos efectos se descontará 1/25 por cada día no trabajado.
Estas prestaciones no se liquidarán al funcionario en los días que el
mismo falte a sus tareas, haga uso de licencia extraordinaria sin goce de
sueldo o esté suspendido.
El Viático Comida y la Compensación Productos están afectados por el
descuento de montepío en su totalidad.
Artículo 10 — Artículo 10
La realización del trabajo en horario extraordinario, en aquellas tareas excepcionales que resulten imprescindibles para el normal funcionamiento del servicio y que no puedan ser compensadas con horas y días libres de descanso, será efectiva y excepcionalmente paga de acuerdo
a la normativa vigente, previa expresa resolución fundada del Directorio. Se deberá cumplir con los extremos dispuestos en los artículos 3º y 4º
del Decreto Nº159/02 de 30 de abril de 2002.-
Artículo 11 — Artículo 11
Una vez aprobado por parte del Poder Ejecutivo el Presupuesto 2006, la
Administración presentará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en
un plazo no mayor de sesenta días de dicha fecha, los estudios de
rentabilidad económica y social de todos aquellos proyectos que superen
el 10% del monto global del Presupuesto Anual de Inversiones con un monto
mínimo de USD 500.000 (dólares estadounidenses quinientos mil).-
Artículo 12 — Artículo 12
Ninguna persona física que preste servicios personales a la
Administración cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación
podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo
concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60%
de la retribución total sujeta a montepío, del Presidente de la
República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Nº
17.556.
Artículo 13 — Artículo 13
El Servicio Asistencial de ANCAP destinado a brindar asistencia médica
y odontológica a los funcionarios y ex - funcionarios jubilados del
organismo, no comprende al núcleo familiar y se brindará en las
condiciones establecidas en la normativa legal vigente.-
Artículo 14 — Artículo 14
En un sistema de Retiros Incentivados los funcionarios del Organismo que al 31 de Diciembre de 2006 tengan un mínimo de 58 años y 35 años de
servicios al momento de ejercer su opción, y que configuren causal
jubilatoria antes del 31 de diciembre de 2008, podrán optar por un
incentivo de retiro a percibir mensualmente, por un período máximo de
cinco años, o hasta que el beneficiario cumpla los setenta años de edad,
en cuyo caso deja de percibir el mismo.-
El monto del incentivo, que no tendrá carácter remunerativo, será
equivalente al 65% (sesenta y cinco por ciento) del promedio mensual de
la totalidad de las retribuciones nominales sujetas a montepío,
efectivamente cobradas por todo concepto durante el año 2005.
El incentivo no será materia gravada por tributos de la seguridad
social.- La cifra resultante se ajustará durante el período en que se
perciba, con los mismos incrementos que se aprueben para los salarios de
las empresas públicas.-
A los efectos jubilatorios de la actividad civil, se tomará como fecha
de cese de la condición de activo, el último día del mes de cobro del
incentivo.
Artículo 15 — Artículo 15
Se autoriza a efectos de pago del retiro incentivado regulado por el
artículo 14°, la trasposición del Grupo 0 - Servicios Personales - Al
Grupo 5 - Transferencias.
Artículo 16 — Artículo 16
Prohíbese disponer la contratación de personal de confianza en tareas de asesoría, secretaría, etc., por un monto mensual por Director que supere el equivalente a una vez y media la remuneración de un Ministro de
Estado no pudiendo adicionar ninguna otra retribución en efectivo o en especie a dichos contratos, tales como horas extras, compensaciones, productividad, participación en las utilidades o fondos de participación en utilidades o fondos de participación, conforme a lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 17.556 y Nota Nº015/C/03 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 17 — Artículo 17
De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley N° 17.930 de
19 de diciembre de 2005, la Empresa instalará una Comisión Paritaria a
efectos de dictaminar respecto de las personas alcanzadas por dicha
norma. A los efectos de su cumplimiento se permite la trasposición entre
objetos o Grupos de gastos y renglones con la finalidad de financiar
dichas contrataciones. La antigüedad, con la excepción de los cargos
docentes, se computará a partir de la fecha de los contratos respectivos.
La Empresa comunicará mensualmente a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto las trasposiciones realizadas y las modificaciones a la
Estructura de Cargos.
Artículo 18 — Artículo 18
Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo
Nacional, Índice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a
valores promedio abril-junio 2005 y se ajustarán a la evolución que registren dichos parámetros.-
Artículo 19 — Artículo 19
Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal del Grupo 0
"Retribuciones de Servicios Personales" para financiar la incorporación y
recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituidos
o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto Institucional Nº7,
mediante actos contrarios a una regla de derecho o dictados con
desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.-
Artículo 20 — Artículo 20
La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder
Ejecutivo. -
Artículo 21 — Artículo 21
La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto
en el artículo 24 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para
la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.
Artículo 22 — Artículo 22
El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de
Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con
vigencia desde el 1º de junio de 1986. -
Artículo 23 — Artículo 23
El subGrupo 2.6 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el
Impuesto Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor
Agregado; COFIS; el Impuesto a la Compra de Moneda Extranjera, al igual
que el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el artículo Nº643 de
la Ley 16.170, a precios de enero-abril de 2003, cuyas partidas no son de
carácter limitativo. -
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario
y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 24 — Artículo 24
Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están
calculadas en moneda nacional a nivel medio de abril-junio de 2005 y las en moneda extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 25,0. Las mismas se ajustarán en función de la variación del I.P.C. confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y la evolución del tipo de cambio vendedor del dólar, respectivamente.
Artículo 25 — Artículo 25
Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos
impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se
afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.
Artículo 26 — Artículo 26
Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones
presupuestales de los Grupos de gastos e inversiones, se realizará ajustando los duodécimos de cada Grupo para el período que resta hasta el
fin del ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el artículo 6º y las variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de
cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y
Financieros del Estado en un plazo no mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial. -
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos
de proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.
Artículo 27 — Artículo 27
En materia de trasposiciones entre Grupos del Presupuesto de Compras,
las mismas serán aprobadas por el Directorio de ANCAP y comunicadas a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la
República dentro de los diez días subsiguientes. Las trasposiciones
regirán hasta el 31 de diciembre y tendrán las limitaciones establecidas
en el artículo 33º de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.
Artículo 28 — Artículo 28
El Grupo 7 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá
para reforzar los restantes Grupos, salvo el Grupo 0 "Retribución de
Servicios Personales". -
La autorización de los refuerzos mediante el uso del Grupo 7 "Gastos
no Clasificados" será de resorte interno del Organismo. -
Artículo 29 — Artículo 29
Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el
año y según lo dispuesto por el artículo Nº 228 de la Constitución, rigen
las partidas ajustadas del último presupuesto aprobado. -
Artículo 30 — Artículo 30
Dése cuenta a la Asamblea General.
Artículo 31 — Artículo 31
Comuníquese, publíquese, etc.