Decreto397-2006·2006

APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2006

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/10/2006

Fecha de publicación

27/10/2006

Artículos (31)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland correspondiente al Ejercicio 2006, de acuerdo con el siguiente detalle: PROGRAMA 1.10 ENERGIA. COMBUSTIBLES. I - RECURSOS. 41.628.357.397 1 - INGRESOS. 37.430.361.147 1. Ingresos Propios. 29.418.462.306 Ventas Netas. 28.445.512.306 Otros Ingresos ajenos al Giro. 972.950.000 2. Impuestos Retenidos en Venta. 8.011.898.841 IVA. 5.242.179.384 IMESI. 2.758.172.147 COFIS. 11.547.310 2 - FINANCIAMIENTO. 4.197.996.250 II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 34.474.065.771 Prog. Grupo Denominación. $ $ 1.10 0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 490.682.373 01 Retribuc. Básicas Cargos Permanentes. 136.630.735 011 Sueldos Básicos de Cargos Ptados. 134.604.865 012 Adelanto a Cuenta. 433 013 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 2.025.437 02 Retribuc. Básicas Personal Contratado. 12.301.361 021 Changas. 4.551.059 022 Destajistas. 0 023 Adelanto a Cuenta. 12 024 Otros Contratados. 7.511.737 025 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 238.553 04 Retribuciones Complementarias. 83.940.804 042 Compensaciones. 0 043 Productividad. 74.769.580 044 Antiguedad. 8.762.376 045 Complementos. 408.848 045005 Quebranto de Caja. 408.848 05 Retribuciones Diversas Especiales. 97.912.357 057 Becas y Pasantías. 3.876.481 058 Varias. 94.035.876 059 Sueldo Anual Complementario. 0 06 Beneficios al Personal. 76.708.411 063 Incentivos al Retiro. 23.503.680 064 Contribución por Asistencia Médica. 15.157.406 067 Compensación por Alimentación. 31.956.836 069 Otros Beneficios al Personal. 6.090.489 069004 Prestación Producto. 6.090.489 069005 Contribución Guardería. 0 07 Beneficios Familiares. 7.295.970 071 Prima por Matrimonio. 0 072 Hogar Constituído. 5.186.156 Prog. Grupo Denominación. $ $ 073 Prima por Nacimiento. 138.606 074 Prestación por Hijo. 1.971.208 075 Prestación por Fallecimiento. 0 079 Otros con Retardo Mental. 0 09 Otras Retribuciones. 11.444.952 091 Subsidios por Fallecimiento. 629.202 095 Contratos a Término. 10.815.750 08 Cargas Legales s/Servicios Personales. 64.447.783 081 Aportes Patronales al Stma Seg. Social. 61.027.302 082 Aporte Patronal al FNV. 0 083 IRP. 0 084 Aporte Patronal Contratos a Término. 3.420.481 1.10 1 Materiales y Suministros. 20.481.699.359 - Compra de Crudo. 18.531.405.913 - Compra de Derivados. - Varios. 1.950.293.446 1.10 2 Servicios no Personales. 11.681.685.855 2.6. Tributos Nacionales y Municipales. 6.963.230.664 - Resto. 4.718.455.191 1.10 3 Bienes de Uso. 109.922.500 1.10 5 Transferencias. 0 - Versión de Resultados. 0 - Varios. 0 1.10 7 Gastos no Clasificados. 0 1.10 4 Activos Financieros. 9.500.000 1.10 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 275.460.025 1.10 7 Asignaciones globales 759.302.311 1.10 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 665.813.348 III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 745.254.000 Prog. Grupo Denominación. $ $ 1.10 0 Retribución de Servicios Personales. 7.796.000 1 Materiales y Suministros. 33.750.000 2 Servicios no Personales. 703.708.000 3 Bienes de Uso. 0 PROGRAMA 1.11 ENERGIA. GAS NATURAL. I - RECURSOS. 634.158.153 1 - INGRESOS. 634.158.153 1. Ingresos Propios. 545.809.187 Ventas Netas. 545.809.187 Otros Ingresos ajenos al Giro. 0 2. Impuestos Retenidos en Venta. 88.348.966 IVA. 88.348.966 IMESI. 0 COFIS. 0 2 - FINANCIAMIENTO. 0 II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 664.200.440 Prog. Grupo Denominación. $ $ 1.11 0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 8.140.480 01 Retribuc. Básicas Cargos Permanentes. 3.561.738 011 Sueldos Básicos de Cargos Ptados. 3.533.303 012 Adelanto a Cuenta. 0 013 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 28.435 02 Retribuc. Básicas Personal Contratado. 0 021 Changas. 0 022 Destajistas. 0 Prog. Grupo Denominación. $ $ 023 Adelanto a Cuenta. 0 024 Otros Contratados. 0 025 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 0 04 Retribuciones Complementarias. 1.595.874 042 Compensaciones. 0 043 Productividad. 1.472.590 044 Antiguedad. 123.284 045 Complementos. 0 045005 Quebranto de Caja. 0 05 Retribuciones Diversas Especiales. 0 057 Becas y Pasantías. 0 058 Varias. 674.791 059 Sueldo Anual Complementario. 0 06 Beneficios al Personal. 846.490 063 Incentivos al Retiro. 151.560 064 Contribución por Asistencia Médica. 224.426 067 Compensación por Alimentación. 427.313 069 Otros Beneficios al Personal. 43.191 069004 Prestación Producto. 43.191 069005 Contribución Guardería. 0 07 Beneficios Familiares. 59.833 071 Prima por Matrimonio. 0 072 Hogar Constituído. 47.183 073 Prima por Nacimiento. 0 074 Prestación por Hijo. 12.650 075 Prestación por Fallecimiento. 0 079 Otros con Retardo Mental. 0 09 Otras Retribuciones. 0 091 Subsidios por Fallecimiento. 0 095 Contratos a Término. 0 08 Cargas Legales s/Servicios Personales. 1.401.754 081 Aportes Patronales al Stma Seg. Social. 1.401.754 Prog. Grupo Denominación. $ $ 082 Aporte Patronal al FNV. 0 083 IRP. 0 084 Aporte Patronal Contratos a Término. 0 1.11 1 Materiales y Suministros. 278.100.500 1.11 2 Servicios no Personales. 362.121.309 2.6. Tributos Nacionales y Municipales. 123.537.900 - Resto. 238.583.409 1.11 3 Bienes de Uso. 327.800 1.11 5 Transferencias. 0 1.11 7 Gastos no Clasificados. 0 1.11 4 Activos Financieros. 0 1.11 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 0 1.11 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 15.510.351 III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 475.000.000 Prog. Grupo Denominación. $ 1.11 0 Retribución de Servicios Personales. 0 1 Materiales y Suministros. 0 2 Servicios no Personales. 0 3 Bienes de Uso. 0 4 Actvios no Financieros. 475.000.000 PROGRAMA 1.12 ENERGIA. SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA. I - RECURSOS. 184.303.451 1 - INGRESOS. 184.303.451 1. Ingresos Propios. 184.303.451 Ventas Netas. 184.303.451 Otros Ingresos ajenos al Giro. 0 2. Impuestos Retenidos en Venta. 0 IVA. 0 IMESI. 0 COFIS. 0 2 - FINANCIAMIENTO. 0 II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 4.040.243.089 Prog. Grupo Denominación. $ $ 1.12 0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 536.841.419 01 Retribuc. Básicas Cargos Permanentes. 144.903.587 011 Sueldos Básicos de Cargos Ptados. 142.556.133 012 Adelanto a Cuenta. 1.563 013 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 2.345.891 02 Retribuc. Básicas Personal Contratado. 7.213.782 021 Changas. 295.532 022 Destajistas. 0 023 Adelanto a Cuenta. 80 024 Otros Contratados. 6.788.878 025 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 129.292 04 Retribuciones Complementarias. 97.682.680 042 Compensaciones. 0 043 Productividad. 84.908.910 044 Antiguedad. 10.763.528 045 Complementos. 1.005.121 045005 Quebranto de Caja. 1.005.121 05 Retribuciones Diversas Especiales. 48.453.440 057 Becas y Pasantías. 3.484.330 058 Varias. 44.969.110 059 Sueldo Anual Complementario. 0 06 Beneficios al Personal. 164.637.319 063 Incentivos al Retiro. 33.551.640 064 Contribución por Asistencia Médica. 76.034.437 Prog. Grupo Denominación. $ $ 067 Compensación por Alimentación. 37.902.529 069 Otros Beneficios al Personal. 17.148.713 069004 Prestación Producto. 6.148.713 069005 Contribución Guardería 11.000.000 07 Beneficios Familiares. 13.968.507 071 Prima por Matrimonio. 0 072 Hogar Constituído. 4.385.538 073 Prima por Nacimiento. 133.667 074 Prestación por Hijo. 2.049.302 075 Prestación por Fallecimiento. 0 079 Otros con Retardo Mental. 7.400.000 09 Otras Retribuciones. 5.880.075 091 Subsidios por Fallecimiento. 472.200 095 Contratos a Término. 5.407.875 08 Cargas Legales s/Servicios Personales. 55.107.150 081 Aportes Patronales al Stma Seg. Social. 53.396.910 082 Aporte Patronal al FNV. 0 083 IRP. 0 084 Aporte Patronal Contratos a Término. 1.710.240 1.12 1 Materiales y Suministros. 55.138.872 1.12 2 Servicios no Personales. 2.775.474.659 2.6. Tributos Nacionales y Municipales. 2.503.144.842 - Resto. 272.329.817 1.12 3 Bienes de Uso. 3.042.220 1.12 5 Transferencias. 14.322.892 1.12 7 Gastos no Clasificados. 0 1.12 4 Activos Financieros. 42.031.875 1.12 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 77.975.825 1.12 7 Asignaciones globales 9.915.327 1.12 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 525.500.000 III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 422.013.000 1.12 0 Retribución de Servicios Personales. 7.162.000 1 Materiales y Suministros. 0 2 Servicios no Personales. 213.602.000 3 Bienes de Uso. 193.749.000 4 Activos no Financieros. 7.500.000 PROGRAMA 1.13 ENERGIA. FACTOR HUMANO A REAPLICAR. Prog. Grupo Denominación. $ $ 1.13 0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 66.780.663 01 Retribuc. Básicas Cargos Permanentes. 20.578.925 011 Sueldos Básicos de Cargos Ptados. 19.908.263 012 Adelanto a Cuenta. 191 013 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 670.471 02 Retribuc. Básicas Personal Contratado. 110.289 021 Changas. 20.136 022 Destajistas. 0 023 Adelanto a Cuenta. 1 024 Otros Contratados. 88.222 025 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 1.930 04 Retribuciones Complementarias. 8.826.162 042 Compensaciones. 0 043 Productividad. 5.886.000 044 Antiguedad. 2.790.360 045 Complementos. 74.901 045005 Quebranto de Caja. 74.901 05 Retribuciones Diversas Especiales. 10.635.099 057 Becas y Pasantías. 0 058 Varias. 10.635.099 059 Sueldo Anual Complementario. 0 06 Beneficios al Personal. 12.419.048 063 Incentivos al Retiro. 175.080 Prog. Grupo Denominación. $ $ 064 Contribución por Asistencia Médica. 638.752 067 Compensación por Alimentación. 10.300.549 069 Otros Beneficios al Personal. 1.304.667 069004 Prestación Producto. 1.304.667 069005 Contribución Guardería. 0 07 Beneficios Familiares. 2.252.813 071 Prima por Matrimonio. 0 072 Hogar Constituído. 1.346.602 073 Prima por Nacimiento. 64.861 074 Prestación por Hijo. 841.350 075 Prestación por Fallecimiento. 0 079 Otros con Retardo Mental. 0 09 Otras Retribuciones. 60.662 091 Subsidios por Fallecimiento. 60.662 095 Contratos a Término. 0 08 Cargas Legales s/Servicios Personales. 11.972.566 081 Aportes Patronales al Stma Seg. Social. 11.972.566 082 Aporte Patronal al FNV. 0 083 IRP. 0 084 Aporte Patronal Contratos a Término. 0 PROGRAMA 1.13 PORTLAND. I - RECURSOS. 811.168.183 1 - INGRESOS. 811.168.183 1. Ingresos Propios. 640.974.926 Ventas Netas. 640.974.926 Otros Ingresos ajenos al Giro. 0 2. Impuestos Retenidos en Venta. 170.193.257 IVA. 151.063.254 IMESI. 0 COFIS. 19.130.003 2 - FINANCIAMIENTO. 0 II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 846.165.276 Prog. Grupo Denominación. $ $ 1.13 0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 132.614.986 01 Retribuc. Básicas Cargos Permanentes. 44.218.242 011 Sueldos Básicos de Cargos Ptados. 43.330.362 012 Adelanto a Cuenta. 255 013 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 887.625 02 Retribuc. Básicas Personal Contratado. 819.706 021 Changas. 38.959 022 Destajistas. 0 023 Adelanto a Cuenta. 0 024 Otros Contratados. 775.665 025 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 5.082 04 Retribuciones Complementarias. 16.378.413 042 Compensaciones. 0 043 Productividad. 12.819.020 044 Antiguedad. 3.081.511 045 Complementos. 238.941 045005 Quebranto de Caja. 238.941 05 Retribuciones Diversas Especiales. 24.928.670 057 Becas y Pasantías. 4.949.241 058 Varias. 19.979.429 059 Sueldo Anual Complementario. 0 06 Beneficios al Personal. 26.826.336 063 Incentivos al Retiro. 6.944.040 064 Contribución por Asistencia Médica. 7.060.796 067 Compensación por Alimentación. 11.151.883 069 Otros Beneficios al Personal. 1.669.617 Prog. Grupo Denominación. $ $ 069004 Prestación Producto. 1.669.617 069005 Contribución Guardería. 0 07 Beneficios Familiares. 3.081.875 071 Prima por Matrimonio. 0 072 Hogar Constituído. 2.222.482 073 Prima por Nacimiento. 50.075 074 Prestación por Hijo. 809.318 075 Prestación por Fallecimiento. 0 079 Otros con Retardo Mental. 0 09 Otras Retribuciones. 304.954 091 Subsidios por Fallecimiento. 304.954 095 Contratos a Término. 0 08 Cargas Legales s/Servicios Personales. 16.295.731 081 Aportes Patronales al Stma Seg. Social. 16.295.731 082 Aporte Patronal al FNV. 0 083 IRP. 0 084 Aporte Patronal Contratos a Término. 0 1.13 1 Materiales y Suministros. 277.803.412 1.13 2 Servicios no Personales. 400.595.495 2.6. Tributos Nacionales y Municipales. 166.547.240 - Resto. 234.048.255 1.13 3 Bienes de Uso. 19.219.256 1.13 5 Transferencias. 0 1.13 7 Gastos no Clasificados. 0 1.13 4 Activos Financieros. 0 1.13 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 0 1.13 7 Asignaciones globales 15.932.127 1.13 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0 III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 332.645.000 Prog. Grupo Denominación. $ 1.13 0 Retribución de Servicios Personales. 0 1 Materiales y Suministros. 0 2 Servicios no Personales. 0 3 Bienes de Uso. 332.645.000 4 Activos no Financieros. 0 La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto. La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período abril - junio de 2005. -

Artículo 2Artículo 2

Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto Nº 84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre Grupos de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 días siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas. La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan en los Anexos I, II y III adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de inversiones de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Pórtland correspondiente al ejercicio 2006, de acuerdo con el siguiente detalle: I - PRESUPUESTO DE COMPRAS - ENERGIA (Operativo e Inversiones). 40.942.556.893 Grupo Denominación. $ $ 0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 1.117.403.276 01 Retribuc. Básicas Cargos Permanentes. 312.497.087 Grupo Denominación. $ $ 011 Sueldos Básicos de Cargos Ptados. 307.367.195 012 Adelanto a Cuenta. 2.203 013 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 5.127.689 02 Retribuc. Básicas Personal Contratado. 19.641.247 021 Changas. 4.866.727 022 Destajistas. 0 023 Adelanto a Cuenta. 93 024 Otros Contratados. 14.400.517 025 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 373.910 04 Retribuciones Complementarias. 194.893.681 042 Compensaciones. 0 043 Productividad. 170.796.010 044 Antiguedad. 22.608.801 045 Complementos. 1.488.870 045005 Quebranto de Caja. 1.488.870 05 Retribuciones Diversas Especiales. 158.126.017 057 Becas y Pasantías. 7.360.811 058 Varias. 150.765.206 059 Sueldo Anual Complementario. 0 06 Beneficios al Personal. 256.079.922 063 Incentivos al Retiro. 57.381.960 064 Contribución por Asistencia Médica. 92.411.838 067 Compensación por Alimentación. 81.524.342 069 Otros Beneficios al Personal. 24.761.782 069004 Prestación Producto. 13.723.767 069005 Contribución Guardería. 11.038.015 07 Beneficios Familiares. 23.700.684 071 Prima por Matrimonio. 0 072 Hogar Constituído. 11.089.040 073 Prima por Nacimiento. 337.134 074 Prestación por Hijo. 4.874.510 075 Prestación por Fallecimiento. 0 079 Otros con Retardo Mental. 7.400.000 09 Otras Retribuciones. 17.385.689 Grupo Denominación. $ $ 091 Subsidios por Fallecimiento. 1.162.064 095 Contratos a Término. 16.223.625 08 Cargas Legales s/Servicios Personales. 135.078.949 081 Aportes Patronales al Stma Seg. Social. 129.948.228 082 Aporte Patronal al FNV. 0 083 IRP. 0 084 Aporte Patronal Contratos a Término. 5.130.721 1 Materiales y Suministros. 20.814.938.731 1.1. Alimentos y Ptos. Agropecuarios. 12.387.765 1.2. Ptos.Textiles,Prendas de vestir,etc. 3.409.500 1.3. Ptos papel,libros e impresos. 9.194.200 1.4. Ptos Energéticos. 1.575.454.596 1.5. Ptos químicos y conexos. 301.792.509 1.6. Ptos minerales. 18.811.769.563 1.7. Ptos metálicos. 79.399.074 1.9. Otros bienes de consumo. 21.531.524 2 Servicios no Personales. 15.066.634.211 2.1. Servicios Básicos. 150.221.372 2.2. Publicac.,Imp, y Encuadernaciones. 39.722.500 2.3. Pasajes,viáticos y otros gtos de traslado. 32.269.401 2.4. Transp. de Carga,Serv. Comp. y Almacenaje. 1.457.024.800 2.5. Arrendamientos. 18.020.190 2.6. Tributos, seguros y comisiones. 3.003.118.432 2.6. Tributos 9.589.913.406 2.7. Ss.para Manten. Rep. Menores y Limpieza. 282.692.597 2.8. Ss. Técnicos Profesionales y Artísticos. 341.960.101 2.9. Otros servicios no Personales. 151.691.412 3 Bienes de Uso. 1.065.748.720 3.1. Maquinarias y equipos de producción. 570.115.000 3.2. Máquinas, Mobiliario y Equipos de Oficina. 71.176.200 3.3. Equipamiento Sanitario y científico. 21.432.500 Grupo Denominación. $ $ 3.4. Equipamiento Educaional, cultural, etc. 32.500 3.5. Equipos de Transporte, tracción,etc. 22.250.000 3.6. Motores y Repuestos Mayores. 115.292.520 3.7. Tierras,Edif. y otros bienes Preexist. 20.000.000 3.8. Construcc.,mejoras y reparac.mayores. 240.950.000 3.9. Otros Bienes de uso. 4.500.000 4 Activos Financieros. 534.031.875 4.1. Compra de acciones y Part.de Capital. 482.500.000 4.3. Préstamos a Largo Plazo. 51.531.875 5 Transferencias. 14.322.892 5.1. Versión de Resultados. 0 5.3. Subsidios a Organismos Pcos. 2.933.144 5.4. Subsidios a Organismos Pdos. 11.389.748 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 353.435.850 6.2 Intereses Deuda Interna. 38.827.300 6.4 Intereses Deuda Externa. 314.608.550 7 Gastos no Clasificados. 784.727.990 7.4. Partidas a Reaplicar. 784.727.990 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 1.191.313.348 8.2 Amortización Deuda Interna. 60.426.348 8.4 Amortización Deuda Externa. 1.130.887.000 I - PRESUPUESTO DE COMPRAS - PORTLAND (Operativo e Inversiones). 1.178.810.276 Grupo Denominación. $ 0 RETRIBUCION SERV.PERSONALES. 132.614.986 01 Retribuc. Básicas Cargos Permanentes. 44.218.242 011 Sueldos Básicos de Cargos Ptados. 43.330.362 012 Adelanto a Cuenta. 255 013 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 887.625 02 Retribuc. Básicas Personal Contratado. 819.706 021 Changas. 38.959 022 Destajistas. 0 023 Adelanto a Cuenta. 0 Grupo Denominación. $ $ 024 Otros Contratados. 775.665 025 Aumento Res.D. 470/92. Mayo/92 5.082 04 Retribuciones Complementarias. 16.139.472 042 Compensaciones. 0 043 Productividad. 12.819.020 044 Antiguedad. 3.081.511 045 Complementos. 238.941 045005 Quebranto de Caja. 238.941 05 Retribuciones Diversas Especiales. 24.928.670 057 Becas y Pasantías. 4.949.241 058 Varias. 19.979.429 059 Sueldo Anual Complementario. 0 06 Beneficios al Personal. 26.826.336 063 Incentivos al Retiro. 6.944.040 064 Contribución por Asistencia Médica. 7.060.796 067 Compensación por Alimentación. 11.151.883 069 Otros Beneficios al Personal. 1.669.617 069004 Prestación Producto. 1.669.617 069005 Contribución Guardería. 0 07 Beneficios Familiares. 3.081.875 071 Prima por Matrimonio. 0 072 Hogar Constituído. 2.222.482 073 Prima por Nacimiento. 50.075 074 Prestación por Hijo. 809.318 075 Prestación por Fallecimiento. 0 079 Otros con Retardo Mental. 0 09 Otras Retribuciones. 304.954 091 Subsidios por Fallecimiento. 304.954 095 Contratos a Término. 0 08 Cargas Legales s/Servicios Personales. 16.295.731 081 Aportes Patronales al Stma Seg. Social. 16.295.731 082 Aporte Patronal al FNV. 0 083 IRP. 0 084 Aporte Patronal Contratos a Término. 0 Grupo Denominación. $ $ 1 Materiales y Suministros. 277.803.412 1.1. Alimentos y Ptos. Agropecuarios. 901.457 1.2. Ptos.Textiles,Prendas de vestir,etc. 657.540 1.3. Ptos papel,libros e impresos. 14.964.576 1.4. Ptos Energéticos. 101.536.798 1.5. Ptos químicos y conexos. 8.503.372 1.6. Ptos minerales. 135.733.352 1.7. Ptos metálicos. 10.844.160 1.9. Otros bienes de consumo. 4.662.157 2 Servicios no Personales. 400.595.495 2.1. Servicios Básicos. 44.913.519 2.2. Publicac.,Imp, y Encuadernaciones. 436.000 2.3. Pasajes,viáticos y otros gtos de traslado. 1.412.701 2.4. Transp. de Carga,Serv. Comp. y Almacenaje. 65.139.592 2.5. Arrendamientos. 779.066 2.6. Tributos, seguros y comisiones. 66.378.340 2.6. Tributos 166.547.240 2.7. Ss.para Manten. Rep. Menores y Limpieza. 7.262.409 2.8. Ss. Técnicos Profesionales y Artísticos. 3.170.520 2.9. Otros servicios no Personales. 44.556.108 3 Bienes de Uso. 351.864.256 3.1. Maquinarias y equipos de producción. 202.200.000 3.2. Máquinas, Mobiliario y Equipos de Oficina. 645.000 3.3. Equipamiento Sanitario y científico. 0 3.4. Equipamiento Educaional, cultural,etc. 0 3.5. Equipos de Transporte, tracción,etc. 26.875.000 3.6. Motores y Repuestos Mayores. 19.219.256 3.7. Tierras,Edif. y otros bienes Preexist. 0 3.8. Construcc.,mejoras y reparac.mayores. 99.175.000 3.9. Otros Bienes de uso. 3.750.000 4 Activos Financieros. 0 4.1. Compra de acciones y Part. de Capital. 0 4.3. Préstamos a Largo Plazo. 0 5 Transferencias. 0 Grupo Denominación. $ $ 5.1. Versión de Resultados. 0 5.3. Subsidios a Organismos Pcos. 0 5.4. Subsidios a Organismos Pdos. 0 6 Intereses y otros Gastos de Deuda. 0 6.2 Intereses Deuda Interna. 0 6.4 Intereses Deuda Externa. 0 7 Gastos no Clasificados. 15.932.127 7.4. Partidas a Reaplicar. 15.932.127 8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0 8.2 Amortización Deuda Interna. 0 8.4 Amortización Deuda Externa. 0

Artículo 4Artículo 4

El Presupuesto de Compras comprende las partidas aprobadas contra las cuales se efectuará el control de disponibilidad y la intervención preventiva de legalidad del gasto a nivel total de Energía y total de Pórtland. Se presentará en forma global a nivel de toda la Empresa con una apertura a nivel de renglón para los Grupos 0 "Retribución de Servicios Personales" y a nivel de Grupo para los Grupos 1 "Bienes de Consumo", 2 "Servicios no Personales", 3 "Bienes de Uso", 4 "Activos Financieros", 5 "Transferencias", 6 "Intereses y otros Gastos de Deuda" y 8 "Servicio de Deuda y Anticipos".- Será aprobado en moneda nacional, presentando un detalle de aquellos montos que se estima se ejecutarán en moneda extranjera.-

Artículo 5Artículo 5

La Administración elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 31 de enero de 2006, la eliminación del 100% de las vacantes generadas entre el 1º de junio de 2005 y el 31 de diciembre de 2005 a efectos de reducir los Grupos de mano de obra correspondientes. En caso de resultar necesario el mantenimiento de determinadas vacantes por tratarse de cargos absolutamente imprescindibles, la Administración deberá suprimir las partidas equivalentes. A todos los efectos, la eliminación de las vacantes comprenderá la retribución total del cargo incluyendo las compensaciones y beneficios sociales (Grupo 0). Asimismo se deberá eliminar en forma definitiva o disminuir en los montos equivalentes en otros renglones del Grupo 0 y/u otros cargos, las vacantes generadas como consecuencia de la aplicación de incentivos al retiro en el ejercicio 2005.

Artículo 6Artículo 6

El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones del Grupo 0 "Retribuciones de Servicios Personales" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos acordes con las disposiciones legales vigentes.

Artículo 7Artículo 7

No constituyen partidas limitativas, la Versión de Resultados (artículo 643 de la Ley Nº 16.170), el ICOME (Ley Nº16.462 Título 12 artículos 1º,2º y 3º del Texto Ordenado), el IMABA (Ley Nº15.809 artículos 646 y 647), el Impuesto al Patrimonio y a la Renta de Industria y Comercio (artículos 638 y 639 de la Ley Nº16.170), el COFIS (Ley Nº17.502 artículo 9), la amortización de préstamos, ni los intereses a devengar por los mismos ni las partidas para incentivo al retiro o la compra de crudo y derivados. Las modificaciones efectuadas de acuerdo a las necesidades se comunicarán al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. -

Artículo 8Artículo 8

El Grupo 0 "Retribuciones de Servicios Personales" incluye una partida por Productividad de acuerdo a lo dispuesto en el Acta de Preacuerdo de fecha 15 de diciembre de 2005.- El período de transición se extenderá a todo el año 2006, por lo que el tope anual a abonar será equivalente a lo pagado por productividad en el año 2005 o al promedio de los últimos 5 años, según el menor, ajustado por los aumentos salariales.- El número de cuotas a pagar no sobrepasará de cuatro al año.

Artículo 9Artículo 9

El Directorio otorgará las prestaciones del viático de Comida y la Compensación Producto a los funcionarios públicos que prestan servicios en ANCAP, sin excepciones, así como a todo el personal del Organismo. El viático de comida se regirá en cuanto a su monto y reajuste a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo. El monto individual equivale a $ 2.594 (pesos dos mil quinientos noventa y cuatro) por mes a nivel de precios de abril-junio 2005.La compensación producto corresponde al equivalente del importe de una garrafa de supergás de 13 kilos. El monto individual equivale a $ 406,25 (pesos cuatrocientos seis con 25/100) por mes a nivel de precios abril-junio 2005, y se regirá en cuanto a su reajuste a la evolución del precio de venta del supergas. El Viático Comida y la Compensación Producto se abonarán en forma proporcional a la extensión horaria de la jornada que habitualmente cumple el beneficiario y se liquidarán en forma proporcional al tiempo trabajado, a cuyos efectos se descontará 1/25 por cada día no trabajado. Estas prestaciones no se liquidarán al funcionario en los días que el mismo falte a sus tareas, haga uso de licencia extraordinaria sin goce de sueldo o esté suspendido. El Viático Comida y la Compensación Productos están afectados por el descuento de montepío en su totalidad.

Artículo 10Artículo 10

La realización del trabajo en horario extraordinario, en aquellas tareas excepcionales que resulten imprescindibles para el normal funcionamiento del servicio y que no puedan ser compensadas con horas y días libres de descanso, será efectiva y excepcionalmente paga de acuerdo a la normativa vigente, previa expresa resolución fundada del Directorio. Se deberá cumplir con los extremos dispuestos en los artículos 3º y 4º del Decreto Nº159/02 de 30 de abril de 2002.-

Artículo 11Artículo 11

Una vez aprobado por parte del Poder Ejecutivo el Presupuesto 2006, la Administración presentará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en un plazo no mayor de sesenta días de dicha fecha, los estudios de rentabilidad económica y social de todos aquellos proyectos que superen el 10% del monto global del Presupuesto Anual de Inversiones con un monto mínimo de USD 500.000 (dólares estadounidenses quinientos mil).-

Artículo 12Artículo 12

Ninguna persona física que preste servicios personales a la Administración cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60% de la retribución total sujeta a montepío, del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Nº 17.556.

Artículo 13Artículo 13

El Servicio Asistencial de ANCAP destinado a brindar asistencia médica y odontológica a los funcionarios y ex - funcionarios jubilados del organismo, no comprende al núcleo familiar y se brindará en las condiciones establecidas en la normativa legal vigente.-

Artículo 14Artículo 14

En un sistema de Retiros Incentivados los funcionarios del Organismo que al 31 de Diciembre de 2006 tengan un mínimo de 58 años y 35 años de servicios al momento de ejercer su opción, y que configuren causal jubilatoria antes del 31 de diciembre de 2008, podrán optar por un incentivo de retiro a percibir mensualmente, por un período máximo de cinco años, o hasta que el beneficiario cumpla los setenta años de edad, en cuyo caso deja de percibir el mismo.- El monto del incentivo, que no tendrá carácter remunerativo, será equivalente al 65% (sesenta y cinco por ciento) del promedio mensual de la totalidad de las retribuciones nominales sujetas a montepío, efectivamente cobradas por todo concepto durante el año 2005. El incentivo no será materia gravada por tributos de la seguridad social.- La cifra resultante se ajustará durante el período en que se perciba, con los mismos incrementos que se aprueben para los salarios de las empresas públicas.- A los efectos jubilatorios de la actividad civil, se tomará como fecha de cese de la condición de activo, el último día del mes de cobro del incentivo.

Artículo 15Artículo 15

Se autoriza a efectos de pago del retiro incentivado regulado por el artículo 14°, la trasposición del Grupo 0 - Servicios Personales - Al Grupo 5 - Transferencias.

Artículo 16Artículo 16

Prohíbese disponer la contratación de personal de confianza en tareas de asesoría, secretaría, etc., por un monto mensual por Director que supere el equivalente a una vez y media la remuneración de un Ministro de Estado no pudiendo adicionar ninguna otra retribución en efectivo o en especie a dichos contratos, tales como horas extras, compensaciones, productividad, participación en las utilidades o fondos de participación en utilidades o fondos de participación, conforme a lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 17.556 y Nota Nº015/C/03 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 17Artículo 17

De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005, la Empresa instalará una Comisión Paritaria a efectos de dictaminar respecto de las personas alcanzadas por dicha norma. A los efectos de su cumplimiento se permite la trasposición entre objetos o Grupos de gastos y renglones con la finalidad de financiar dichas contrataciones. La antigüedad, con la excepción de los cargos docentes, se computará a partir de la fecha de los contratos respectivos. La Empresa comunicará mensualmente a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto las trasposiciones realizadas y las modificaciones a la Estructura de Cargos.

Artículo 18Artículo 18

Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo Nacional, Índice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores promedio abril-junio 2005 y se ajustarán a la evolución que registren dichos parámetros.-

Artículo 19Artículo 19

Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal del Grupo 0 "Retribuciones de Servicios Personales" para financiar la incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituidos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto Institucional Nº7, mediante actos contrarios a una regla de derecho o dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.-

Artículo 20Artículo 20

La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo. -

Artículo 21Artículo 21

La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.

Artículo 22Artículo 22

El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con vigencia desde el 1º de junio de 1986. -

Artículo 23Artículo 23

El subGrupo 2.6 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor Agregado; COFIS; el Impuesto a la Compra de Moneda Extranjera, al igual que el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el artículo Nº643 de la Ley 16.170, a precios de enero-abril de 2003, cuyas partidas no son de carácter limitativo. - El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 24Artículo 24

Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están calculadas en moneda nacional a nivel medio de abril-junio de 2005 y las en moneda extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 25,0. Las mismas se ajustarán en función de la variación del I.P.C. confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y la evolución del tipo de cambio vendedor del dólar, respectivamente.

Artículo 25Artículo 25

Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.

Artículo 26Artículo 26

Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales de los Grupos de gastos e inversiones, se realizará ajustando los duodécimos de cada Grupo para el período que resta hasta el fin del ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el artículo 6º y las variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado en un plazo no mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial. - Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.

Artículo 27Artículo 27

En materia de trasposiciones entre Grupos del Presupuesto de Compras, las mismas serán aprobadas por el Directorio de ANCAP y comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la República dentro de los diez días subsiguientes. Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre y tendrán las limitaciones establecidas en el artículo 33º de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.

Artículo 28Artículo 28

El Grupo 7 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá para reforzar los restantes Grupos, salvo el Grupo 0 "Retribución de Servicios Personales". - La autorización de los refuerzos mediante el uso del Grupo 7 "Gastos no Clasificados" será de resorte interno del Organismo. -

Artículo 29Artículo 29

Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el año y según lo dispuesto por el artículo Nº 228 de la Constitución, rigen las partidas ajustadas del último presupuesto aprobado. -

Artículo 30Artículo 30

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 31Artículo 31

Comuníquese, publíquese, etc.