Decreto398-1995·1995

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION DE EMPLEADOS CIVILES DE LA NACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/10/1995

Fecha de publicación

13/11/1995

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Disuélvese la Asociación de Empleados Civiles de la Nación, la que conservará su personería jurídica exclusivamente a los efectos de su liquidación.

Artículo 2Artículo 2

Desígnase como Comisión Liquidadora a los actuales integrantes de la Comisión Interventora designada por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22 de febrero de 1995, Cr. Jorge Ottino, Dr. Gustavo Varela y Dr. Daniel Bervejillo.

Artículo 3Artículo 3

Transfiérense, al 1º de noviembre de 1995, la totalidad de los afiliados de la Asociación de Empleados Civiles de la Nación a la Institución de Asistencia Médica Colectiva, Cooperativa Médica de la Asociación de Empleados Civiles (COMAEC), con la totalidad de derechos que cada uno de ellos tenía en aquella.

Artículo 4Artículo 4

La Cooperativa Médica de la Asociación de Empleados Civiles deberá reconocer tales derechos y aceptar el padrón íntegro de los afiliados en las condiciones oportunamente acordadas en el Convenio celebrado con la Asociación de Empleados Civiles de la Nación, el 24 de abril de 1995.

Artículo 5Artículo 5

Dispónese que la Tesorería General de la Nación y los distintos organismos públicos deberán efectuar las retenciones de las cuotas de afiliación correspondientes a los afiliados de la Asociación de Empleados Civiles de la Nación que se transfieren a partir del 1º de noviembre de 1995 a la Cooperativa Médica de la Asociación de Empleados Civiles (COMAEC), debiendo abonar a dicha Cooperativa las sumas retenidas.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.