Decreto398-2001·2001

INCREMENTO DE CREDITO EN EL PLANILLADO ANEXO A LA LEY DE PRESUPUESTO Nº 17.296. DIRECCION GENERAL DE SECRETARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de octubre de 2001

Fecha de publicación

17/10/2001

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase, en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", Programa 001 "Administración General", Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", los créditos asignados a los Objetos 082 "Otros Aportes Patronales sobre Retribuciones" y 749.002 "Partida Global para Gastos Corrientes", para los años 2001 a 2004, según el siguiente detalle: OBJETO IMPORTE 082 +1:008.138 749.002 -10:000.000

Artículo 2Artículo 2

Autorízase, en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", Programa 004 "Fomento de la Investigación Tecnocientífica", Unidad Ejecutora 012 "Dirección Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación", a incluir en la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial", para los años 2001 al 2004, los importes que se detallan: 2001($) 2002 ($) 2003 ($) 2004 ($) Ingresos 11:620.000 8:715.000 5:693.800 5:693.800 Inversiones Proyecto 801 11:620.000 8:715.000 5:693.800 5:693.800

Artículo 3Artículo 3

Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para los años 2001 a 2004 en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", Programa 007 "Organización de Espectáculos Artísticos y Administración de Radio y Televisión Oficiales", Unidad Ejecutora 016 "Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos", Financiación 1.2, en los siguientes objetos y por los importes que se indican: OBJETO DEL GASTO IMPORTE ($) 199 550.000 299 4:021.079

Artículo 4Artículo 4

(*)

Artículo 5Artículo 5

(*)

Artículo 6Artículo 6

Dese cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, publíquese, etc.-