Artículo 1
ANEXO I "CONDICIONES GENERALES DE INGRESO AL LICEO MILITAR "GENERAL ARTIGAS" Y SOBRE LA GESTION ESPECIFICA DEL MISMO INSTITUTO FINALIDAD I.- El Liceo Militar "General Artigas" por su particular naturaleza de Instituto cívico-militar, constituye fundamentalmente un centro formativo para el desenvolvimiento integral de la personalidad moral, intelectual y física de su alumnado. II.- Para cumplir su cometido el Liceo actúa como: A.- Centro de formación cívico-militar, creando hábitos de convivencia social y fortaleciendo el espíritu patriótico. B.- Instituto de Educación Secundaria impartiendo la enseñanza correspondiente a los planes de la Educación Media Superior dispuesta por el órgano rector. C.- Como centro de instrucción pre-militar completando la preparación ética y física del alumnado y brindándole bases para su eventual ingreso a la profesión militar. III.- La enseñanza formal se cumple: A.- A través de los cursos que se dictan de conformidad con lo expuesto en el numeral II, literal B. B.- Con cursos especiales autorizados por la Superioridad a propuesta de la Dirección del Liceo Militar, en materias interesantes para la preformación de profesionales de las Armas y/o que los habiliten para su mejor adaptación a la sociedad. IV.- El desarrollo de los cursos propuestos en el numeral III, literal A) se realizarán de acuerdo a los programas establecidos por el Consejo de Educación Secundaria. Asimismo se ajustarán a las decisiones de ese organismo los procedimientos y actividades docentes tales como: sistemas de promociones, exámenes, etc. El Comando General del Ejército, antes del 1ro. de marzo de cada año, determinará qué cursos de los establecidos en el numeral II, literal B), se dictarán al año siguiente, lo que será puesto en conocimiento de los interesados. V.- Los alumnos, además de cursar los estudios que se revalidan por los correspondientes del Consejo de Educación Secundaria y de aprobar los exámenes correspondientes al curso especial de Educación Física, se encuentran en las siguientes condiciones: A.- Con un promedio de asistencia a la instrucción pre-militar no inferior al 80% en cada año y cumpliendo los períodos prácticos de instrucción que se dispongan, podrán disputar las becas reservadas a los alumnos procedentes del Liceo Militar "General Artigas" para ingreso a las Escuelas de Formación de Oficiales, de acuerdo a las reglamentaciones particulares de dichos institutos. B.- Con un promedio de asistencia a la instrucción pre-militar no inferior al 80% y cumpliendo los períodos de práctica dispuestos, se dará por cumplido lo establecido en el artículo 10 de la Ley 9.943 de 20 de julio de 1940. C.- Si el alumno computa un porcentaje de inasistencias a la instrucción mayor del 20% o no concurra a las prácticas de fin de cursos sin causa justificada, no podrá permanecer en el Instituto. CONDICIONES DE INGRESO VI.- Los Aspirantes a ingreso podrán ser de ambos sexos y deberán cumplir las siguientes exigencias: A.- Ser soltero sin descendencia y mantener dicho estado durante su permanencia como alumno. B.- Ser menor de 18 años al 1ro. de marzo del año de ingreso, para cursar eventualmente 4to. año; y edades correlativas crecientes para ingresar a los cursos superiores respectivos. C.- No mantener a la fecha de ingreso al Liceo Militar, materias previas de aprobación del curso precedente al que se pretende realizar en el Instituto. D.- No podrán presentarse a ingresar al Instituto aquellos estudiantes que fueran repitientes en el mismo año que pretendan cursar. E.- No haber sido "baja" del Instituto. F.- Presentar la solicitud de inscripción para ingreso en el plazo que anualmente determine la Dirección del Instituto, a la que se adjuntará la documentación requerida a esos efectos. G.- Rendir examen de admisión presentando en el examen médico la declaración jurada de antecedentes médicos y ficha médica de la Comisión Nacional de Educación Física o equivalente con validez de dos años. H.- Obtener beca, acorde a lo establecido en el "Reglamento de Exámenes de Ingreso" al Liceo Militar "General Artigas", el que será aprobado y publicado anualmente por el Comando General del Ejército. DE LAS PRUEBAS DE ADMISION Y DE LAS BECAS VII.- El concurso de admisión constará de las siguientes pruebas, las que tendrán carácter de eliminatorias una a una: A.- Examen Médico. B.- Examen Odontológico. C.- Examen Psicológico. D.- Examen de Aptitud Física. E.- Examen de Matemáticas. F.- Examen de Idioma Español y Literatura. VIII.- El número de becas, así como la asignación de internos y externos, se establecerá anualmente por el Comando General del Ejército en consideración a la Fuerza efectiva total y será cubierta de acuerdo a lo que se establezca oportunamente. IX.- Las exigencias y/o programas de las distintas pruebas estarán a disposición de los eventuales interesados por lo menos con seis meses de anterioridad al día previsto para el comienzo de las respectivas solicitudes de inscripción. PRESCRIPCIONES GENERALES X.- Los alumnos que durante su pasaje por este Liceo no cumplan con los requisitos exigidos para aprobar el año que cursa, es decir que pasen a la categoría de repitientes, serán dados de baja. Sólo en casos excepcionales la Dirección del Liceo Militar "General Artigas" podrá considerar la permanencia de los mismos como alumnos. De existir repitientes, éstos no podrán tener el beneficio del pase directo a las Escuelas de Formación de Oficiales. XI.- Los postulantes que obtengan becas ingresarán al Instituto el día que se designe oportunamente. Se considerará eliminado todo postulante que no se presente en la fecha y hora dispuestas, salvo causa muy justificada a criterio de la Dirección. XII.- Todo efecto que hubiese sido entregado a un alumno durante su permanencia en el Instituto deberá ser reintegrado en buenas condiciones cuando se le solicite y/o previamente a su baja o egreso. XIII.- Los desperfectos de cualquier orden en instalaciones, materiales docentes, equipos, vestuario, etc. ocasionados por omisión o negligencia de los alumnos serán subsanados con cargo a los responsables, subsidiariamente de los padres o tutores. En caso de tratarse de falta deliberada podrán ser dados de baja del Liceo, sin perjuicio de la posible responsabilidad pecuniaria. XIV.- La solicitud de ingreso implica por parte del alumno y solidariamente por la de su padre, madre o tutor legal, el compromiso de aceptar íntegramente el régimen docente, administrativo y disciplinario del Liceo. A este fin, se facilitará la adquisición o consulta de los reglamentos del Instituto. XV.- Los alumnos quedan obligados a someterse a todas las vacunaciones así como a adoptar las medidas profilácticas y de higiene que, por recomendación del Servicio Sanitario se estimen convenientes. XVI.- El alumno que finalice el año lectivo respectivo y no continúe sus estudios en el Instituto, mantendrá la calidad de estudiante de acuerdo a lo prescripto por el Consejo de Educación Secundaria, cesando la calidad de alumno del Instituto con la clausura del curso, en lo referente a los derechos y obligaciones que se adquieren al ingresar a la Institución conforme a los reglamentos de la misma. XVII.- Los padres, tutores, guardadores y en general los responsables del alumno, al aceptar las normas precedentes contraen la obligación moral de colaborar en todo lo posible con el normal funcionamiento del Liceo. XVIII.- Todo asunto o aspecto no previsto en la normativa precedente, será resuelto por la Dirección del Liceo Militar "General Artigas".".