Decreto4-1994·1994

RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. REGIMEN DE VACANCIAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de julio de 1994

Fecha de publicación

19/01/1994

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

El Ministerio de Salud Pública dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 308 de la Ley No. 16.320 de 1 de noviembre de 1992 conforme a los criterios que se exponen a continuación y por su orden: a) Funciones vinculadas a la atención directa de la salud. b) Antigüedad. c) Asistencia Certificada por el Jerarca de la Unidad Ejecutora en la que presta servicios. (*)

Artículo 2Artículo 2

Otórgase al Ministerio de Salud Pública, hasta el 30 de julio de 1994, el plazo para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 del presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.