Decreto4-2002·2002

IMPLANTACION DEL SISTEMA DE ANALISIS DE GESTION DEL GASTO PUBLICO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de abril de 2002

Fecha de publicación

14/01/2002

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

El Ministerio de Economía y Finanzas establecerá un sistema de análisis de gestión del gasto público, para lo cual conformará los grupos de trabajo que entienda convenientes, con el objetivo de estudiar los procesos de ejecución del gasto público y su relación costo-beneficio.- Los demás organismos del Estado prestarán su asistencia a los grupos de trabajo del citado Ministerio, en especial en la provisión de la información necesaria.-

Artículo 2Artículo 2

Los estudios podrán ser a nivel de Ministerios, Unidades Ejecutoras de ellos o sobre temas comunes a varios incisos. En todos los casos, ellos se iniciarán previa Resolución del Poder Ejecutivo actuando en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas y el o los Ministerios respectivos.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.-