Artículo 1 — Artículo 1
Actualízase el valor del "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones" creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 2.680 (pesos uruguayos dos mil seiscientos ochenta) para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026.