Decreto40-2011·2011

NORMAS SOBRE CALIFICACIONES Y ASCENSOS DEL PERSONAL POLICIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/01/2011

Fecha de publicación

2 de setiembre de 2011

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Agréguese al artículo 32, apartado A) "Anotaciones Positivas", del Decreto N° 638/971 de 5 de octubre de 1971, en la redacción dada por los Decretos N° 85/984, de 8 de febrero de 1984, N° 514/984, de 20 de noviembre de 1984, y N° 343/000 de 28 de noviembre de 2000, el siguiente literal: f) 1 punto por mes de servicio prestado en el desempeño de tareas de Ayudante del Comando Ministerial (Ministro del Interior, Subsecretario, Director General de Secretaría, Director de la Policía Nacional), así como de funciones de Ayudantes de los jerarcas de las reparticiones enunciadas en el artículo 9° de la Ley Orgánica Policial y complementarias; y de las de Jefe de la Unidad de Protección Ministerial.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.