Decreto40-2012·2012

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/2012

Fecha de publicación

28/02/2012

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 2011, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 542,78 (pesos uruguayos quinientos cuarenta y dos con setenta y ocho centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 2011 en $ 541,27 (pesos uruguayos quinientos cuarenta y uno con veintisiete centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de diciembre de 2011 a 108,60 (ciento ocho con sesenta), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2012 es de 1,0860 (uno con ochocientos sesenta diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.