Decreto40-2016·2016

ACTUALIZACION DE LOS MONTOS PARA LA LIQUIDACION SIMPLIFICADA Y EXCLUSION DE RETENCIONES DEL IRPF CATEGORIA II

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/02/2016

Fecha de publicación

23/02/2016

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el límite a que refiere el artículo 78 ter del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007, en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto N° 154/015 de 1° de junio de 2015, correspondiente al ejercicio 2016, en $ 355.200,00 (pesos uruguayos trescientos cincuenta y cinco mil doscientos) anuales. Fíjase en $ 27.000 (pesos uruguayos veintisiete mil) para el mes de enero, en $ 29.600,00 (pesos uruguayos veintinueve mil seiscientos) mensuales a partir del mes de febrero y en $ 355.200,00 (pesos uruguayos trescientos cincuenta y cinco mil doscientos) anuales, el límite a que refiere el artículo 64 bis del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007, en la redacción dada por el artículo 2° del Decreto N° 154/015 de 1° de junio de 2015, para quedar excluido de las retenciones mensuales y del ajuste anual, respectivamente, correspondientes al ejercicio 2016.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.