Decreto40-2022·2022

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/01/2022

Fecha de publicación

2 de marzo de 2022

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), la fracción del inmueble empadronado con el N° 411.034 (cuatrocientos once mil treinta y cuatro), ubicado en la Localidad Catastral de Montevideo, del departamento de Montevideo, que según plano de mensura N° 1623 del Departamento de Bienes Raíces de 4 de junio de 2021, levantado por el Ing. Agrim. Martín Wainstein, consta de un área de 1 há 3148 m² y se deslinda de la siguiente manera: al suroeste tramo recto de 155 metros y 61 cms. de longitud lindando con el padrón N° 429.961, al noroeste dos tramos rectos de 134 metros 90 cms y 113 metros y 21 cms. de longitud lindando con el padrón N° 416.218, al noreste tramo recto de 28 metros y 37 cms de longitud lindando con el padrón N° 411.026 y al sureste tramo recto de 202 metros y 63 cms de longitud lindando con los padrones N° 411.033 y 411.025.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.