Decreto400-1990·1990

TRATAMIENTOS IXODICIDAS. CONTROL DE GARRAPATA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/08/1990

Fecha de publicación

20/09/1990

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárese a los tratamientos ixodicidas dentro de las medidas sanitarias hábiles para el control de la garrapata.

Artículo 2Artículo 2

La Dirección General de Servicios Veterinarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, mediante resolución expresa, dispondrá la forma y oportunidad del empleo de los mencionados tratamientos.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.