Decreto400-2008·2008

SEGURIDAD ALIMENTARIA. CREACION COMISION INTERINSTITUCIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/08/2008

Fecha de publicación

26/08/2008

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Comisión Interinstitucional para la Seguridad Alimentaria, la que funcionará en la órbita de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que la coordinará, y estará integrada por representantes de dicha Oficina, de los Ministerios de Salud Pública, Ganadería, Agricultura y Pesca, Industria, Energía y Minería y Economía y Finanzas, del Congreso de Intendentes y de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), Instituto Nacional de Alimentación (INDA), Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) e Instituto Nacional de Carnes (INAC).

Artículo 2Artículo 2

Esta Comisión deberá proceder a la revisión y adecuación de la normativa vigente referida a la seguridad alimentaria y redactar el marco normativo necesario a ser oportunamente propuesto al Poder Legislativo para la creación de un organismo rector en esta materia.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.