Artículo 1 — Artículo 1
Disponer la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la Decisión N° 38/04 del Consejo Mercado Común, que consta como Anexo (*) y forma parte del presente Decreto, por la cual se crea el "Documento de Viaje Provisorio MERCOSUR", que habilita únicamente a regresar al país de origen de su titular, el cual podrá ser extendido por las representaciones de los Estados Partes del MERCOSUR a nacionales de cualquiera de ellos que no cuenten con representaciones consulares que pudiesen otorgar el Documento de Viaje Nacional.