Decreto400-2021·2021

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. SETIEMBRE 2021

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de agosto de 2021

Fecha de publicación

14/12/2021

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de setiembre de 2021, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.359,25 (pesos mil trescientos cincuenta y nueve con 25/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de setiembre de 2021 en $ 1.354,24 (pesos uruguayos mil trescientos cincuenta y cuatro con 24/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de setiembre de 2021 a 236,98 (doscientos treinta y seis con 98/100), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes octubre de 2021 es de 1,0593 (uno con quinientos noventa y tres diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.