Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse, con carácter nacional, los siguientes salarios mínimos por categorías, para los trabajadores comprendidos en el Grupo Nº 21 "Industria del Dulce y Envasados", Subgrupo Nº 2 "Confiterías con Planta de Elaboración", con vigencia desde el 1º de junio de 1987 y hasta el 30 de setiembre de 1987: Personal Obrero N$ Categoría I: Aprendiz 22.608 Categoría II: Aprendiz con un año de antiguedad 24.019 Categoría III: Aprendiz con un año y medio de antiguedad 24.431 Limpiador Peón Categoría IV: Aprendiz con dos años de antiguedad 26.929 Categoría V: Aprendiz con dos año y medio de antiguedad Ayudante de mostrador 27.921 Peón de mostrador Ayudante de depósito Cafetero Categoría VI: Ayudante 29.720 Categoría VII: Ayudante adelantado 32.327 Categoría VIII: Medio Oficial Sandwichero 33.504 Categoría IX: Medio Oficial confitero 35.324 Preparador de bombones Cocktailero Categoría X: Oficial heladero 38.755 Cocinero Oficial sandwichero Categoría XI: 47.756 Oficial repostero Oficial hornero Categoría XII: 55.101 Maestro Personal Administrativo N$ Categoría I: 22.608 Cadete de ventas Categoría II: 23.879 Cadete de ventas al año Empaquetadora Categoría III: 24.981 Cadete de ventas al año y medio (vendedor de 2ª) Auxiliar de expedición (vendedor de 2ª) Ayudante de chofer Categoría IV: 28.856 Auxiliar de escritorio Mozo Categoría V: 31.226 Auxiliar responsable de expedición Sereno Categoría VI: 34.898 Cajero Vendedor/a de 1ª Auxiliar responsable de depósito Categoría VII: 37.838 Encargado de ventas Chofer repartidor Categoría VIII: 47.756 Encargado de expedición Tenedor de libros