Decreto402-1992·1992

TASAS POR ESPECTACULOS PUBLICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/08/1992

Fecha de publicación

18/09/1992

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el monto de las tasas de "Espectáculos Públicos" por los servicios a cargo de la Dirección de Espectáculos Públicos del Instituto Nacional del Menor en los siguientes importes: A) Autorización para reuniones bailables: 0,6 U.R. B) Solicitud de calificación de espectáculos: 0,6 U.R. C) Autorización de actuación de menores en teatros, circos y conjuntos de carnaval y/o similares: 0,25 U.R D) Otorgamiento de permiso anual de concurrencia de menores a bares y confiterías: 1 U.R. E) Otorgamiento de permiso anual de excepción por permanencia de menores en pool, futbolitos, máquinas electrónicas, bowling y/o similares: 10 U.R. F) Permiso anual de actuación de menores en actividades deportivas de riesgo físico a criterio del Instituto Nacional del Menor, (INAME): 0,5 U.R. G) Solicitud de calificaciones de espectáculos teatrales, circos, conjuntos de carnaval y otros que requieren calificación por parte del Instituto Nacional del Menor, (INAME): 0,5 U.R. H) Por expedición de planilla anual de control de los locales que ofrezcan espectáculos públicos, entretenimientos o similares: 0,5 U.R.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.