Decreto402-2009·2009

SISTEMA DE GESTION HUMANA (SGH). ACTUALIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/08/2009

Fecha de publicación

9 de marzo de 2009

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Las Unidades Ejecutoras de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional en forma previa a la liquidación de sueldos, deberán mantener al día el padrón del SGH que será la base a partir de la cual se liquidarán las retribuciones mensualmente.

Artículo 2Artículo 2

Al 31 de octubre de 2009 los organismos comprendidos en el artículo anterior deberán haber ingresado la información que contiene el Módulo Organización y Funcionarios del SGH, incluyendo la estructura de todos los puestos de trabajo cualesquiera sea el vínculo que tenga el personal con el Estado y la totalidad de los Objetos del Gasto que componen sus retribuciones o contraprestación por los servicios prestados.

Artículo 3Artículo 3

Los Contadores Centrales de la Contaduría General de la Nación, verificarán el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior en forma previa a la intervención de las liquidaciones de sueldos correspondientes al mes de noviembre de 2009.

Artículo 4Artículo 4

En caso de incumplimiento, los Contadores Centrales de la Contaduría General de la Nación no intervendrán las liquidaciones de sueldos, salvo que éstas estuvieran autorizadas por el Ministro respectivo.

Artículo 5Artículo 5

De verificarse la reiteración del incumplimiento, se dará cuenta al Poder Ejecutivo.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.