Decreto405-1991·1991

APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE PLUNA. EJERCICIO 1990

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de junio de 1991

Fecha de publicación

4 de setiembre de 1992

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea correspondientes al ejercicio 1990, de acuerdo con el siguiente detalle: N$ N$ I) INGRESOS 60.349:694.855 A. INGRESOS PROPIOS 51.321:563.943 1 Venta de Servicios 47.735:215.443 -Pasajes 43.367:101.470 -Cargas 2.074:783.095 -Correo 142:389.555 -Exceso de Equipaje 367:889.445 -Asistencia en Tierra 1.783:051.878 2 Arrendamiento de Equipo 1.323:630.000 3 Venta de Mercaderías de Entreport 1.155:000.000 4 Sala V.I.P. 151:956.000 5 Varios 955:762.500 B. APOYO A RENTAS GENERALES 9.028:127.912 II) PRESUPUESTO OPERATIVO 48.609:189.804 Rubro Denominación N$ N$ 0 RETRIBUCION SERVS. PERSONALES 4.810:021.426 010 Directorio 34:964.436 011 Sueldos básicos pers. presupuest. 1.303:972.542 Restituidos 92:853.514 Subsidio aex Directores 20:186.154 021 Sueldos básicos pers. contratado 1.079:961.290 032 Prima por Antigüedad 289:151.174 041 Sueldos básicos pers. jornalero 25:065.171 071 Mayor horario 960:460.649 072 Horas extras 395:571.511 075 Compensación al Cargo 112:666.631 076 Horario Nocturno 38:265.412 079 Aguinaldo 350:289.750 079 Compensación Intercontinental 23:785.137 081 Gastos de Representación 4:370.742 082 Quebranto de Caja 6:746.125 - Aumento N$ 600 1:612.800 - Comisión ventas Entreport. 34:650.000 - Restituidos Partida Anual 35:447.848 1 CARGAS LEGALES SOBRE SERVICIOS PERSONALES 1.455:447.363 111 Ap. Patronal al Sist. Seg. Social 1.347:876.870 122 Por Seguro Accidente de Trabajo 56:346.711 123 Fondo Nacional de Vivienda 51:224.282 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 13.128:610.420 3 SERVICIOS NO PERSONALES 26.402:111.812 4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIOS NUEVOS 1.685:936.160 7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 1.127:062.120 751 Prima por Matrimonio 3.590.955 752 Hogar Constituido 201:248.210 753 Prima por Nacimiento 5:984.925 754 Prestación por Hijos 57:578.805 759 Prestación por Alimentación 590:521.050 773 Becas 20:883.484 774 Asistencia Médica 228:489.776 779 Fondo Prejubilatorio 18:764.918 III) OPERACIONES FINANCIERAS 10.686:637.500 Rubro Denominación N$ N$ 8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 10.686:637.500 81 Amortización Deuda Externa 1.817:000.000 82 Amortización Deuda Externa 4.732:266.000 83 Intereses Deuda Interna 182.374.500 84 Intereses Deuda Interna 4.154:997.000 IV) PRESUPUESTO DE INVERSIONES 777:325.000 Rubro Denominación N$ N$ 4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIOS NUEVOS 777:325.000 6 CONST. MEJORAS Y REPARACIONES EXTRAORDINARIAS 150:150.000 La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjuntos que forman parte de este decreto. Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales Sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales incluyen el aumento salarial vigente a partir del 1° de setiembre de 1990. Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 1.155 (nuevos pesos un mil ciento cincuenta y cinco) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio del período enero/diciembre 1990.

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3Artículo 3

Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.-