Decreto406-1991·1991

MEDICAMENTOS. REGULACION ADMINISTRATIVA DE PRECIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de julio de 1991

Fecha de publicación

30/10/1991

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Los únicos medicamentos sujetos a regulación administrativa de precios son los sicofármacos y estupefacientes comprendidos en el decreto ley 14.294 de 31 de octubre de 1974 y los de venta bajo receta de profesional autorizado a que se refieren los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 del decreto 18/989 de 24 de enero de 1989, en la redacción dada por el artículo 1 del decreto 493/990 de 17 de octubre de 1990. (*)

Artículo 2Artículo 2

La nómina de productos a que se refiere el artículo anterior, se ajustará a lo que disponga, el Ministerio de Salud Pública en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias.

Artículo 3Artículo 3

Encomiéndase a la Asesoría Económico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas el seguimiento de la evolución de los precios de los medicamentos no sujetos a regulación administrativa.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese en dos diarios de la capital, etc.