Artículo 1 — Artículo 1
Los únicos medicamentos sujetos a regulación administrativa de precios son los sicofármacos y estupefacientes comprendidos en el decreto ley 14.294 de 31 de octubre de 1974 y los de venta bajo receta de profesional autorizado a que se refieren los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 del decreto 18/989 de 24 de enero de 1989, en la redacción dada por el artículo 1 del decreto 493/990 de 17 de octubre de 1990. (*)