Decreto409-1988·1988

FIJACION DE LAS TARIFAS DE ANTEL. MARZO 1988

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de julio de 1988

Fecha de publicación

28/12/1988

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), las que tendrán vigencia a partir del 1º de marzo de 1988. (*)

Artículo 2Artículo 2

Las nuevas Tasas y Tarifas de larga distancia y servicios telegráficos regirán a partir de la hora cero del día 1º de marzo de 1988.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Telecomunicaciones a sus efectos.