Decreto409-1989·1989

VIGENCIA DE LOS SEGUROS SOCIALES POR ENFERMEDAD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/08/1989

Fecha de publicación

1 de setiembre de 1990

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que los Seguros Sociales por Enfermedad, deben servir la prestación por asistencia médica a los trabajadores cesantes durante el término de amparo a la prestación por desempleo.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.