Decreto409-1993·1993

CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL SIDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/09/1993

Fecha de publicación

23/09/1993

Artículos (9)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Comisión Nacional de Lucha Contra el SIDA (CONASIDA), con las siguientes competencias: a) Constituirse en Consejo Consultivo de Coordinación, presentación de propuestas e incidencia en las Políticas Públicas elaboradas y aprobadas por el MSP, respecto al VIH/SIDA en el marco del acceso universal a la atención integral, trabajando en términos de prevención, asistencia y apoyo a las personas que viven con VIH-SIDA. b) Proponer y colaborar en la ejecución de actividades sistemáticas, a realizar en conjunto con las instituciones involucradas, que potencien la respuesta nacional ante el VIH/SIDA. c) Promover la participación directa de representantes de organizaciones especializadas y con trayectoria en VIH/SIDA. d) Promover la participación directa de representantes de las organizaciones de personas con VIH. (*)

Artículo 2Artículo 2

La Comisión Nacional de Lucha Contra el SIDA, estará integrada por un Plenario de Delegados (P.D.) y Comisiones Temáticas (C.T.). (*)

Artículo 3Artículo 3

La Subsecretaría del Ministerio de Salud Pública, presidirá el Plenario de Delegados y participarán con un titular y un suplente: la Dirección General de la Salud (DIGESA-MSP), la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE), el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Desarrollo Social, el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, la Administración Nacional de Educación Pública, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Universidad de la República, la Comisión de Salud del Senado, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, el Congreso de Intendentes, el Sector Empresarial, el Plenario Intersindical de Trabajadores (PIT/CNT). (*)

Artículo 4Artículo 4

Asimismo participarán con cuatro titulares y cuatro suplentes las Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas a la temática del VIH/SIDA y de los Grupos de Personas con VIH. (*)

Artículo 5Artículo 5

Todos los integrantes serán designados por sus respectivas Instituciones y ejercerán la representación de las mismas mientras éstas no revoquen dicha designación. (*)

Artículo 6Artículo 6

Participarán también con voz pero sin voto, los delegados de los Organismos del Sistema de Naciones Unidas - (OPS/OMS) Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud - (UNICEF) Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia - (UNFPA) Fondo de Población de las Naciones Unidas - (PNUD) Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo - (UNIFEM) Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer. (*)

Artículo 7Artículo 7

Serán cometidos del Plenario de Delegados: a) Ejercer la función ejecutiva de la Comisión Nacional de Lucha Contra el SIDA. b) Lograr decisiones por consenso, velando por la adecuada gestión del Plan Estratégico Nacional de las ITS/SIDA, de acuerdo a la normativa vigente en materia de ejecución financiera y modalidades de gestión. c) Llevar registro de reuniones y convocatorias del Plenario de Delegados. Las actas y firmas de las mismas quedarán a disposición de los integrantes de la Comisión Nacional de Lucha Contra el SIDA, para su consulta, cuando lo consideren oportuno. d) Convocar a las Comisiones Temáticas, debiendo dar la mayor difusión pública posible, a través de los canales que estime convenientes, respecto de las acciones llevadas adelante por las mismas. (*)

Artículo 8Artículo 8

Las Comisiones Temáticas se constituirán por un período determinado, para trabajar en una actividad acordada por el Plenario de Delegados, manteniendo en lo posible la representatividad de la integración del CONASIDA. (*)

Artículo 9Artículo 9

La Comisión Nacional de Lucha Contra el SIDA podrá presentar Proyectos de Financiación, tanto Nacionales como Internacionales, en el marco del Plan Estratégico Nacional aprobado. En el caso de las Convocatorias para la Presentación de Propuestas al Fondo Global de Lucha Contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria, la CONASIDA, actuará como Mecanismo Coordinador País. El seguimiento y administración de éste y otros proyectos con financiación, se ajustarán en un todo de acuerdo a las normativas vigentes. (*)