Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en el equivalente en moneda nacional a U$S 1:000.000,00 (dólares americanos un millón) el monto anual que el Ministerio de Defensa Nacional podrá afectar de sus créditos presupuestales y extrapresupuestales para la atención de viáticos, pasajes y partidas especiales por viajes al exterior de funcionarios del Inciso 03.