Artículo 1 — Artículo 1
Establécese que el personal militar, antes de realizar las actividades mencionadas en los literales D) y E) del artículo 155 de la Ley N.° 19.775, de 26 de julio de 2019, deberá suscribir un acuerdo de consentimiento en carácter de Declaración Jurada, el que se agrega en Anexo adjunto (*) y forma parte del presente Decreto.