Decreto410-2010·2010

FIJACION DE LA TASA CONSULAR. ENERO 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/12/2010

Fecha de publicación

13/01/2011

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en 2% (dos por ciento) la tasa consular a que refiere el artículo 585 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y el artículo 37 de la Ley No. 17.453, de 28 de febrero de 2002.

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo anterior regirá a partir del 1° de enero de 2011.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.