Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017, la vigencia de los créditos fiscales establecidos por el Decreto N° 88/012 de 23 de marzo de 2012.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2017, la vigencia de los créditos fiscales establecidos por el Decreto N° 88/012 de 23 de marzo de 2012.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y archívese.