Artículo 1 — Artículo 1
Establécese una bonificación del 15% (quince por ciento) sobre las obligaciones jubilatorias patronales correspondientes al mes de cargo diciembre 2021, que se pagan en enero de 2022, para los contribuyentes del Banco de Previsión Social comprendidos en lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley N° 17.963, de fecha 19 de mayo de 2006, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 19 699, de fecha 15 de noviembre de 2018, y en los términos previstos en el artículo 1° del Decreto N° 153/019, de fecha 3 de junio de 2019, que hubieren cumplido, dentro de los plazos legales y reglamentarios, con todas sus obligaciones correspondientes al período mayo de 2020 a abril de 2021.