Decreto414-1988·1988

AUTORIZACION A FUNCIONARIOS A REALIZAR HORAS EXTRAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de marzo de 1988

Fecha de publicación

15/07/1988

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a los funcionarios que componen el personal afectado a la Secretaría del señor Ministro y a la División Contaduría (Departamento de Liquidación de Sueldos), de la Dirección Central de Administración Financiera del Ministerio de Industria y Energía, a realizar a partir del corriente ejercicio hasta 30 horas extras mensuales en cumplimiento de sus tareas específicas, con un máximo de cuatro horas diarias.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.