Artículo 1
Artículo 1.- Modifícanse los literales d) y e) del artículo 102, del Reglamento General del Servicio Nro. 21, aprobado por el Decreto 305/003 de 29 de julio de 2003, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "d) A los Sub-Oficiales Mayores y Sargentos 1ros: Apercibimiento.- Arresto simple hasta por 20 días.- Arresto riguroso hasta por 15 días.- Suspensión de Cargo o Destino, hasta por 10 días.- e) A los Sargentos, Clases y Soldados: Apercibimiento.- Recargo en el servicio mecánico a los Soldados hasta por 30 días.- Arresto simple hasta por 30 días.- Arresto riguroso hasta por 30 días.- Suspensión de Cargo o Destino a los Clases, hasta por 15 días.- Privación de grado según lo establecido en el artículo 107 del Presente Reglamento.-