Decreto416-2021·2021

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/12/2021

Fecha de publicación

27/12/2021

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), el inmueble empadronado con el N° 410.627, ubicado en la Localidad Catastral Montevideo Rural, del departamento de Montevideo, que según plano de mensura N° 1615 del Departamento de Bienes Raíces de diciembre de 2020, levantado por el Ing. Agrim. Facundo Ibargoyen, consta de un área de 3 hás 3248 m² y se deslinda de la siguiente manera: al sureste recta de 187,15 metros sobre el padrón N° 189.886; al suroeste recta de 183,49 metros sobre el padrón N° 189.886, al noroeste recta de 187,50 metros sobre los padrones N° 180.687 y 431.030 y al noreste recta de 171,85 metros sobre el padrón N° 402.998;

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.