Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de enero de 2003 el plazo previsto en el Decreto Nº 320/002, de 21 de agosto de 2002.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de enero de 2003 el plazo previsto en el Decreto Nº 320/002, de 21 de agosto de 2002.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-