Decreto417-2008·2008

FUNCIONARIOS. TRANSFORMACION EN CARGOS PRESUPUESTADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/08/2008

Fecha de publicación

9 de octubre de 2008

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Una vez computado un año de la designación de los funcionarios ingresados al amparo de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005 y previa consulta al Registro General de Sumarios Administrativos, en cumplimiento de lo dispuesto en los incisos 2º y 3º el artículo 13 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007, el Poder Ejecutivo a propuesta del Jerarca respectivo, dispondrá la transformación de los contratos de función pública permanente que desempeñaban, en cargos presupuestados del grado mínimo del escalafón al que pertenecen, con idéntica denominación y serie a la de la respectiva función contratada. En el mismo acto se dispondrá la supresión de las correspondientes funciones contratadas y se designará a los funcionarios por vía de regularización, comunicándose a la Contaduría General de la Nación a los efectos de la actualización de los padrones presupuestales de las respectivas Unidades Ejecutoras.

Artículo 2Artículo 2

Los funcionarios alcanzados por lo dispuesto en el artículo 1º de este decreto, mantendrán su nivel retributivo.

Artículo 3Artículo 3

La Contaduría General de la Nación deberá verificar las retribuciones de los cargos a crearse y realizar los ajustes de créditos presupuestales necesarios, así como todas las acciones tendientes a la implementación del presente decreto.

Artículo 4Artículo 4

En el caso de los funcionarios alcanzados por el artículo 1º de este decreto, con sumario administrativo pendiente de resolución, de no recaer sanción de destitución, el Jerarca del Inciso correspondiente lo comunicará en forma inmediata a la Contaduría General de la Nación, iniciando el trámite para su designación.

Artículo 5Artículo 5

Publíquese, etc.