Decreto417-2011·2011

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. OCTUBRE 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de enero de 2011

Fecha de publicación

13/12/2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de octubre de 2011, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 538,58 (pesos uruguayos quinientos treinta y ocho con cincuenta y ocho centésimos).-

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de octubre de 2011 en $ 536,57 (pesos uruguayos quinientos treinta y seis con cincuenta y siete centésimos).-

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de octubre de 2011 a 107,39 (ciento siete con treinta y nueve), sobre base diciembre 2010 = 100..-

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 2011 es de 1,0788 (uno con setecientos ochenta y ocho diezmilésimos).-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.-