Decreto418-1985·1985

ARMADA NACIONAL. OPERACIONES NAVALES. REVALIDACION DE VUELOS LOGISTICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de junio de 1985

Fecha de publicación

28/08/1985

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Revalídase para el año 1985 la autorización de vuelos logísticos o de instrucción que realizará el Comando de la Aviación Naval, hacia la República Argentina en número de 15 y República Federativa de Brasil en número de 10.

Artículo 2Artículo 2

Los referidos vuelos serán considerados como logísticos o de instrucción sin generar viáticos a tripulantes.

Artículo 3Artículo 3

Todas las erogaciones a que dieren lugar los referidos vuelos, serán atendidas con rubros propios del Comando General de la Armada.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada a sus efectos .