Artículo 1 — Artículo 1
A los efectos de la adecuación presupuestal del personal proveniente de la Administración de Ferrocarriles del Estado, se considerará que el total de retribuciones percibidas en la Oficina de origen comprende los siguientes rubros: Rubro 111.- Sueldo Rubro 128.- Adelanto de Aumento Rubro 131.- Desplazamiento Fijo Rubro 149.- Ascenso Automático Rubro 170.- Suplementos Varios. (*)