Decreto420-2007·2007

MODIFICACIONES AL DECRETO Nº 500/991 SOBRE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de julio de 2007

Fecha de publicación

21/11/2007

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

Exhórtase a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados que hubieren adoptado o adopten por decisiones internas las normas del Decreto 500/991, a incluir las modificaciones establecidas en el presente decreto. El Poder Ejecutivo apreciará, en el ejercicio de sus poderes de contralor, el modo como se cumpla la exhortación que precede.

Artículo 3Artículo 3

Siempre que coexistan normas de procedimiento en el Decreto 500/991, cuyo contenido hubiera sido contemplado en los Decretos Nº 65/98 de 10 de marzo de 1998 y 83/001 de 8 de marzo de 2001, prevalecerá la aplicación de estos últimos, en cuanto corresponda.

Artículo 4Artículo 4

En los procedimientos disciplinarios en trámite a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, se aplicarán las modificaciones introducidas a las etapas pendientes del mismo.

Artículo 5Artículo 5

Cométese a la Oficina Nacional del Servicio Civil la información y divulgación a los funcionarios de la Administración Central de las normas contenidas en el presente Decreto, a efectos de su correcta aplicación.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.