Decreto420-2023·2023

INCORPORACION AL DERECHO POSITIVO NACIONAL EL CODIGO PARA LA IMPLANTACION DE LOS INSTRUMENTOS DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL (CODIGO III)

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/2023

Fecha de publicación

1 de febrero de 2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al derecho positivo nacional el Código para la implantación de los instrumentos de la Organización Marítima Internacional (Código III).

Artículo 2Artículo 2

Desígnase a la Armada Nacional, a través de la Prefectura Nacional Naval, como la autoridad encargada de la implementación del Código para la implantación de los instrumentos de la Organización Marítima Internacional (Código III), mediante el dictado de disposiciones marítimas u Ordenes Internas según corresponda.

Artículo 3Artículo 3

Los resultados finales de las auditorías serán comunicados al Ministerio de Defensa Nacional a efectos de que impartan las acciones a seguir para subsanar las disconformidades u observaciones eventualmente pudieran existir.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese y pase al Comando General de la Armada a sus efectos. Oportunamente, archívese.