Decreto422-2007·2007

FIJACION DE TASAS GLOBALES ARANCELARIAS PARA PRODUCTOS ARGENTINOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de diciembre de 2007

Fecha de publicación

20/11/2007

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse las Tasas Globales Arancelarias que en cada caso se indican, para los productos originarios de la República Argentina correspondientes a las siguientes partidas arancelarias. NCM Arancel 3904.21.00.00 14% 3904.22.00.00 14%

Artículo 2Artículo 2

Incorpórense ambas posiciones arancelarias y sus correspondientes aranceles al Anexo I (Productos con producción en alguna de las Zonas de Promoción Industrial de la República Argentina instaladas en las provincias de La Rioja, San Luis, San Juan o Catamarca o producidos por grupos económicos con plantas instaladas en dichas zonas) del Decreto 643/006 de 27 de diciembre de 2006.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.