Artículo 1 — Artículo 1
Declárase obligatorio en todo el Territorio Nacional, a partir del 1º de octubre de 2009, la expedición del Carné de Salud del Niño y de la Niña con Trisomía 21 (Síndrome de Down), que se anexan<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> y forman parte integral del presente Decreto.