Decreto424-2011·2011

PROMOCION DE SUSCRIPCION DE CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE ENERGIA ELECTRICA, DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ART. 33 DEL TOCAF

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de junio de 2011

Fecha de publicación

23/12/2011

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Promover la suscripción de contratos de compraventa de energía eléctrica con proveedores que, habiendo presentado sus ofertas de conformidad con el Pliego de Condiciones que rigió el procedimiento competitivo K41938, no resulten adjudicatarios del mismo. Esta contratación se realizará en el marco de lo dispuesto en el literal T) del numeral 3° del artículo 33 del TOCAF en la redacción dada por el artículo 26 de la Ley N°. 18.046 del 24 de octubre del 2006.

Artículo 2Artículo 2

Para poder acceder a este procedimiento de contratación, los oferentes deberán aceptar vender la energía al precio promedio ponderado en potencia de las ofertas que resulten adjudicadas en el referido procedimiento. No se permitirá que con un mismo oferente se contrate más de 50 MW. El análisis de conexión a la red se realizará respetando la lista ordenada resultante del procedimiento competitivo K41938 y demás aspectos técnicos que indique UTE. Se podrá admitir el cambio en la ubicación y/o en el punto de conexión de aquellos proyectos que se encuentren en zonas del país en las que la implantación del proyecto congestione de manera excesiva la Red de Transmisión. Todas las demás características del proyecto deberán ser las ofertadas en el marco del procedimiento competitivo K41938.

Artículo 3Artículo 3

Extiéndanse a las contrataciones realizadas de acuerdo al presente decreto las disposiciones establecidas en el decreto 159/011 en todo lo que no se opongan al mismo.

Artículo 4Artículo 4

Exhortar a UTE a instrumentar las contrataciones promovidas por el presente decreto.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc.