Decreto425-2013·2013

PRORROGA DE PLAZO PARA LA INCORPORACION DE LOS FUNCIONARIOS DE ANCAP, BHU Y LA ANV AL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/12/2013

Fecha de publicación

1 de agosto de 2014

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndase la vigencia de los regímenes transicionales de cobertura integral de salud acordado entre el Poder Ejecutivo y la Administración Nacional de Combustibles, Alcoholes y Portland y el Banco Hipotecario del Uruguay, conjuntamente con la Agencia Nacional de Vivienda, para los trabajadores dependientes de dichos organismos públicos, hasta el 30 de junio de 2016.

Artículo 2Artículo 2

Exhórtase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcoholes y Portland, por un lado, y al Banco Hipotecario del Uruguay, conjuntamente con la Agencia Nacional de Vivienda, por el otro, a conformar un grupo de trabajo en cada uno de dichos organismos, conjuntamente con el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio de Economía y Finanzas, a los efectos de completar los estudios y definiciones referidos a la reconversión y especialización de sus servicios propios de salud y definir un cronograma para su implementación con anterioridad al 1° de julio de 2016.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese. Publíquese.