Artículo 1 — Artículo 1
Disponer la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la Decisión Nº 17/02 del Consejo Mercado Común, que consta como Anexo y forma parte del presente Decreto, por la cual se establece que los símbolos del MERCOSUR son el nombre Mercado Común del Sur, la sigla MERCOSUR, el emblema del MERCOSUR y la bandera del MERCOSUR en los idiomas español y portugués. (*)