Artículo 1 — Artículo 1
Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para los combustibles y alcohol carburante fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del 1o. de noviembre de 2001. a) COMBUSTIBLES PRECIO POR LITRO Gasolina aviación 100/130 $ 14,10 Jet A1 $ 5,40 Jet B $ 7,25 Gasolina Ecosupra 95 $ 16,30 Gasolina 85 Especial $ 13,80 Gasolina 95 Supra $ 15,60 Queroseno $ 7,07 Gas Oil $ 6,20 Nafta liviana (Cía. del Gas) $ 3,25 Alcohol Carburante $ 16,30 POR KILOGRAMO Supergás $ 8,32 Butano Desodorizado $ 12,80 POR MIL LITROS Diesel Oil $ 6.440,00 Fuel Oil Pesado $ 1.795,93 Fuel Oil Especial $ 2.670,73 Fuel Oil Calefacción $ 2.211,38 Fuel Oil Pesado (UTE) $ 1.795,93 Fuel Oil Especial (UTE) $ 2.670,73 Los precios de las gasolinas, queroseno, gas oil y alcohol carburante son a granel en las plantas de almacenaje y en los lugares de expendio de toda la República y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega. En el caso del precio del alcohol carburante no incluye el Impuesto al Valor Agregado. Los precios del diesel oil y fuel oil son a granel en la planta de almacenamiento de Montevideo y comprenden los impuestos (excepto el Impuesto al Valor Agregado) que en cada caso correspondan pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega, así como los fletes y demás gastos. Los precios de los combustibles destinados a la aviación son a granel en las plantas de almacenaje de todo el País y puestos de la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica. No incluyen el impuesto a los combustibles utilizados por la aviación nacional y de tránsito creado por la Ley No. 14.189 que se adicionará cuando corresponda. Los precios de los combustibles con destino al uso de buques o embarcaciones de bandera nacional, que realicen servicios de navegación y comercio exceptuando los deportivos y los buques pesqueros de bandera nacional, se fijarán tomando como referencia los precios en el mercado internacional.