Decreto43-2014·2014

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ENERO 2014

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/02/2014

Fecha de publicación

25/02/2014

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fijase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de enero de 2014, a utilizar a los efectos de los dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 688,34 (pesos uruguayos seiscientos ochenta y ocho con 34/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de enero de 2014 en $ 683,18 (pesos uruguayos seiscientos ochenta y tres con 18/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de enero de 2014 a 129,76 (ciento veintinueve con setenta y seis), sobre base diciembre 2010 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de febrero de 2014 es de 1,0910 (uno con novecientos diez diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.