Decreto43-2022·2022

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31/01/2022

Fecha de publicación

2 de marzo de 2022

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), la fracción 2 del inmueble empadronado con el N° 144.427, ubicado en la Localidad Catastral de Montevideo, del departamento de Montevideo, que según plano de mensura N° 1624 del Departamento de Bienes Raíces de 4 de junio de 2021, levantado por el Ing. Agrim. Martín Wainstein, consta de un área de 3 há 0015 m² y se deslinda de la siguiente manera: al Suroeste tramo recto de 111 metros y 16 cms. de longitud lindando con los padrones N° 411.024 y 411.026, al Noroeste tramo recto de 101 metros 38 cms de longitud lindando con el padrón N° 416.218, al Noreste tramo recto de 111 metros y 37 cms de longitud lindando con el padrón N° 411.028 y al Sureste tramo recto de 101 metros y 41 cms de longitud lindando con la fracción 1 del padrón N° 144.427.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.