Artículo 1 — Artículo 1
Sustitúyese en la nómina de bienes establecidos en el artículo 18 del Decreto Nº 39/990 de 31 de enero de 1990, en la redacción dada por el Decreto Nº 167/995, de 3 de mayo de 1995, el producto denominado "Film strech de polietileno de 25 a 30 micrones de espesor, coloreado de blanco en la masa", por el insumo agropecuario: "cubiertas plásticas excepto las transparentes, fabricadas a base de poliolefinas destinadas a la conservación de forrajes en cualquier modalidad". Para que se haga efectiva la exoneración del Impuesto, los mencionados bienes deberán lucir en lugar bien visible, una leyenda que diga "uso exclusivo agrícola".