Decreto431-1993·1993

FIJACION DE LA TASA DE PROMOCION Y CONTROL VITIVINICOLA. JULIO 1993

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/09/1993

Fecha de publicación

10 de julio de 1993

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase, a partir del 1º de julio de 1993, en $ 0,078 (son pesos uruguayos setenta y ocho milésimos), el monto de la tasa que grava, la expedición de las boletas de circulación y calidad de vinos nacionales e importados y en $ 0.039 (son pesos uruguayos treinta y nueve milésimos), el monto que grava la comercialización y el control de la producción de uva y sus subproductos.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.